El reintegro del 21% del Impuesto al Valor Agregado (”Compre sin IVA”) por compras de alimentos, bebidas y elementos de higiene personal, que se traduce a un tope de $18.800 mensuales con la tarjeta de débito, no tendrá restricción para trabajadores informales que pidieron el bono “IFE” de $94.000.
Así lo confirmaron fuentes del Gobierno después de que el ministro-candidato Sergio Massa anunciara la entrega del refuerzo a los sectores de la población que carecen de un empleo formal.
Vale recordar que el llamado “IFE” de $94.000 sólo dura dos meses (cuotas de $47.000) y luego estos trabajadores informales volverán a carecer de ingresos registrados del Estado o del sector privado.
¿Qué pasa con la Tarjeta Alimentar? Sí se puede acceder al reintegro del IVA. Lo mismo aquellos beneficiarios del Potenciar Trabajo.
Quiénes sí pueden acceder al reintegro del IVA con débito
Los que acceden a la devolución del IVA son:
- Quienes cobran jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas nacionales, que no excedan de seis haberes mínimos.
- Quienes sean titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), hasta seis haberes mínimos.
- Quienes sean titulares de la Asignación Universal por Embarazo (AUE). En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.
- Beneficiarios de Potenciar Trabajo.
- Titulares de Tarjeta Alimentar.
- Trabajadores o trabajadoras de casas particulares.
- Monotributistas.
- Quienes trabajen en relación de dependencia (formal), con un ingreso mensual de hasta seis veces el salario mínimo, vital y móvil.
Cómo cobrar el IFE
La inscripción para cobrar el bono de $94.000 estará disponible durante todo octubre en la página web de Anses o en la app móvil “mi Anses”.