Córdoba: deberán pagar millones por bebés que fueron cambiadas al nacer hace más de 45 años
Un juez de Córdoba condenó a la provincia a pagar millonarias indemnizaciones a tres mujeres luego de probar que criaturas fueron entregadas a familias equivocadas en 1977.
El error que le costará millones a la Provincia de Córdoba.(Unsplash.)
En un fallo histórico, el juez Mariano Díaz Villasuso condenó a la Provincia de Córdoba a indemnizar a tres mujeres intercambiadas al nacer. El insólito error ocurrió en 1977 en la Maternidad Provincial de San Vicente.
La equivocación se descubrió 46 años después gracias a estudios genéticos. El Juzgado de 35° Nominación estableció resarcimientos de entre 25 y 30 millones de pesos para las damnificadas, más intereses.
El juez determinó la responsabilidad estatal por “falta de servicio”. Argumentó que entregar correctamente a un recién nacido representa una obligación de resultado ineludible para la maternidad.
El error que le costará millones a la Provincia de Córdoba.(Unsplash.)
El caso involucra a M. del V. G. y L. B. B., quienes nacieron el 25 de mayo de 1977. Ambas recién nacidas fueron entregadas por error a familias cruzadas, creciendo con identidades cambiadas.
La búsqueda de la verdadera identidad
La sospecha se inició en 2021, cuando una de ellas se realizó un estudio de ADN junto a su madre de crianza. El resultado confirmó la ausencia absoluta de compatibilidad.
Ante el hallazgo, intervino la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi). El organismo rastreó los registros de la maternidad y localizó a la otra mujer nacida en la misma fecha.
La Justicia confirmó el fallo a favor de las damnificadas en Córdoba.(Justicia de Córdoba.)
Las pruebas del Banco Nacional de Datos Genéticos descartaron vínculos con delitos de la dictadura militar, pero confirmaron la verdadera filiación biológica de las damnificadas.
Indemnización y daño psicológico
La Provincia deberá abonar 25 millones de pesos a la madre y a una de las hijas. La otra damnificada recibirá 30 millones por las secuelas psicológicas acreditadas.
La pericia psiquiátrica constató en esta última una incapacidad permanente del 25% por trastorno depresivo. El impacto de la revelación alteró severamente su integridad psíquica.
El magistrado describió el incalculable sufrimiento anímico que representa enterarse en la madurez de que la familia de crianza no es la de sangre.
Un daño irreversible en los vínculos
“Baste con imaginar el profundo impacto de conocer, luego de transitar gran parte de su vida adulta, que su familia de crianza en realidad no es su familia biológica”, remarcó el juez.
Este daño se agrava porque tres de los padres involucrados ya fallecieron, lo que hace imposible cualquier intento de revinculación biológica.
Finalmente, el tribunal desestimó las demandas de los hermanos. El juez determinó que la ley limita el resarcimiento del daño moral exclusivamente a las víctimas directas.