Millonaria condena a un banco en Córdoba: la impactante cifra que deberá pagarle a un cliente
La Justicia provincial dictó un fallo contra una reconocida entidad financiera y le ordenó desembolsar una sumatoria importante. Los detalles del fallo.


El Juzgado en lo Civil y Comercial de 35° Nominación de la ciudad de Córdoba dictó una sentencia que representa un duro golpe para el Banco Santander S.A. El juez Mariano Díaz Villasuso condenó a la entidad a pagar una indemnización de $4.250.000 más intereses, tras un proceso legal iniciado por un usuario de la Capital.

La resolución, emitida el 10 de febrero de 2026, marca un fuerte precedente por la magnitud de los montos aplicados en concepto de multas civiles. La Justicia determinó que la empresa falló en sus obligaciones fundamentales, lo que derivó en un perjuicio económico directo para el demandante.
La cifra total que el banco deberá abonar se compone de diferentes rubros que buscan resarcir al cliente. El fallo desglosa el pago en $1.000.000 por daño emergente, $750.000 por daño moral y una impactante suma de $2.500.000 en concepto de daño punitivo.

Este último ítem, el daño punitivo, es una multa civil que la Justicia aplica para sancionar conductas que demuestran un grave menosprecio hacia los derechos del consumidor. Según el magistrado, el banco actuó con indiferencia ante los reclamos del usuario, obligándolo a transitar un largo periplo judicial.
El conflicto se originó cuando un cliente denunció haber sido víctima de un fraude masivo en su cuenta bancaria tras el robo de sus tarjetas de débito. En apenas 25 minutos, terceros realizaron 15 extracciones de efectivo en tres sucursales distintas, alcanzando el límite máximo diario permitido de un millón de pesos.
A pesar de la gravedad del hecho, la entidad financiera rechazó el reclamo inicial alegando que las operaciones se hicieron con la clave personal (PIN). Sin embargo, la Justicia consideró que el banco nunca presentó pruebas de que se hubiera validado correctamente la identidad del sujeto que retiró el dinero.
El juez Díaz Villasuso fue contundente al señalar que las entidades financieras tienen una responsabilidad objetiva y deben garantizar la seguridad de sus sistemas. El fallo enfatiza que los bancos deben monitorear actividades inusuales y detectar patrones de comportamiento sospechosos.

“La entidad financiera debe brindar las mismas garantías que si lo hiciera ante un cajero humano dentro del banco”, sentenció el magistrado en los fundamentos de la causa. En este caso, el sistema no detectó la anomalía de 15 retiros consecutivos en un lapso tan breve de tiempo.
La sentencia también destacó que el banco ignoró las normativas del Banco Central que exigen medidas preventivas y reactivas ante fraudes digitales. La falta de alertas vía mail o SMS durante el transcurso del robo fue uno de los puntos más críticos señalados por el tribunal.

Finalmente, además del pago millonario, la Justicia ordenó la publicación de la sentencia en el sitio web del Poder Judicial de Córdoba para conocimiento público. Con esta medida, se busca advertir a otras entidades sobre la importancia de proteger los fondos y la dignidad de sus clientes.