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Vía Córdoba / Policía Caminera

Los 7 cambios a tener en cuenta con la nueva Ley de Tránsito en Córdoba

La Ley 11.096 ya rige en la provincia y contempla modificaciones de sanciones y más controles.

Los 7 cambios a tener en cuenta con la nueva Ley de Tránsito en Córdoba
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autor avatarRedacción Vía CórdobaSeguinos enGoogle
31 de diciembre de 2025, 09:32
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El Gobierno de la provincia publicó en el Boletín Oficial la nueva Ley de Tránsito N° 11.096 en Córdoba, que contempla siete cambios claves para la comunidad. El objetivo es fortalecer la seguridad vial, modernizar los controles y actualizar el sistema de sanciones en rutas y ciudades.

Los 7 cambios a tener en cuenta con la nueva Ley de Tránsito en Córdoba

  • Reiterancia: cuando una persona comete una o más infracciones antes de que quede firme una sanción anterior, la autoridad puede agravar la infracción.
  • Nuevas sanciones: el régimen incorpora otros castigos como trabajo comunitario, llamadas a instrucciones especiales, que incluyen la asistencia obligatoria a cursos educativos o programas terapéuticos vinculados a la seguridad vial y la convivencia ciudadana.
  • Luces: sigue vigente la obligación de circular con luces encendidas, pero se regula el uso de las diurnas automáticas (DRL) como otra opción para el día, siempre que la iluminación natural y las condiciones de visibilidad lo permitan. La utilización de luz baja, incluso en vehículos equipados con sistemas DRL, sigue en casos de niebla, lluvia intensa, neblina, humo, polvo o cualquier circunstancia que reduzca la visibilidad.
  • Cuadro General de Infracciones: el nuevo esquema regula las faltas en leves, graves y muy graves. Entre las conductas tipificadas se incluyen, entre otras:
  • Controles digitales y trámites a distancia: medios técnicos, digitales y dispositivos electrónicos fueron incluidos para la constatación, el registro y la documentación de infracciones, como para notificaciones.
  • Descargos: infractores con domicilio a más de 60 kilómetros del lugar donde se cometió la irregularidad podrán tramitar su descargo en su jurisdicción de origen, a través de plataformas digitales oficiales.
  • Lenguaje actualizado y vigencia: se reemplazaron expresiones en desuso por el concepto de “personas con discapacidad”.

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