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Vía Córdoba / Infracciones

Dónde iniciaría la instalación de nuevos radares de velocidad en Córdoba

Los principales aspectos de la modificación en la Ley de Tránsito Provincial 8.560.

Dónde iniciaría la instalación de nuevos radares de velocidad en Córdoba
(51)
autor avatarRedacción Vía CórdobaSeguinos enGoogle
27 de diciembre de 2025, 10:30
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La Legislatura tratará desde el lunes 29 de diciembre un proyecto que busca modificar la Ley de Tránsito Provincial 8.560. Dentro de los aspectos a cambiar, se incluye la instalación de nuevos radares de velocidad en las rutas de la provincia de Córdoba.

Dónde iniciaría la instalación de nuevos radares de velocidad en Córdoba

La Comisión Conjunta de Salud, Seguridad y Transporte de la Legislatura otorgó este viernes 26 despacho favorable a un expediente promovido por la legisladora Nadia Fernández. El ministro de Seguridad, Juan Pablo Quinteros, anticipó que la primera avenida en radarizarse será la de Circunvalación.

Choque en avenida de Circunvalación. (José Gabriel Hernández / La Voz)
Choque en avenida de Circunvalación. (José Gabriel Hernández / La Voz) (La Voz)

Es la que más fallecimientos por siniestros viales registró, según un estudio realizado entre la Iniciativa Bloomberg y la Municipalidad de Córdoba. Quinteros palpitó el inicio de un nuevo esquema de fiscalización tecnológica.

Qué otros cambios se prevé en la Ley de Tránsito Provincial en Córdoba

En paralelo, la modificación a la Ley de Tránsito Provincial permite el uso de medios técnicos y dispositivos electrónicos remotos para detectar infracciones. Quinteros destacó que su incorporación permitirá un trabajo más eficiente, que no dependerá totalmente de la detención inmediata de un infractor.

El ministro de seguridad Juan Pablo Quinteros en el programa Voz y Voto.  (Nicolás Bravo / La Voz)
El ministro de seguridad Juan Pablo Quinteros en el programa Voz y Voto. (Nicolás Bravo / La Voz) (La Voz)

La propuesta también promueve que las luces DRL (Daytime Running Lights) sean validas para viajar por las rutas de la provincia. A continuación, los aspectos destacados de esta propuesta que se tratará desde el 29 de diciembre:

  • Luces: el proyecto incorpora de manera expresa que la obligación puede cumplirse con luz baja o DRL, y exige además luz de chapa de dominio encendida en simultáneo.
  • Motos y carriles reversibles: establece que motocicletas y vehículos que circulan por carriles reversibles (o en sentido contrario habilitado) deben llevar todo el día luz baja o LDR.
  • Baja visibilidad: en niebla, lluvia intensa, humo/polvo u otras condiciones análogas obliga a usar luz baja más luces de niebla, y aclara que no alcanza con LDR en forma exclusiva.
  • Radarización y control de velocidad: ordena que lomadas, resaltos, semáforos y otros dispositivos de control se ajusten a normas vigentes y a la reglamentación de la Dirección Provincial de Vialidad.
  • Plazos de adecuación: fija 120 días para adecuar los dispositivos ya ejecutados que no cumplan con la nueva reglamentación técnica.
  • Controles con tecnología: habilita, cuando corresponda según la infracción, el uso de medios digitales o dispositivos electrónicos remotos para fines de control y constatación.
  • Actas y prueba: moderniza la fiscalización habilitando actas en soporte físico o digital y el uso de medios técnicos para detectar, registrar y documentar infracciones.
  • Peajes: permite receptar denuncias de concesionarias por infracciones en zonas de peaje e incorporar como prueba elementos fílmicos, documentales o testimoniales.
  • Multas y mora: mantiene la multa en Unidades Fijas (UF) pero agrega que la sentencia debe incluir el equivalente en dinero y establece intereses moratorios por falta de pago.
  • Escalas por alcoholemia: fija retención de licencia de hasta 3 meses para niveles menores a 0,4; hasta 6 meses entre 0,4 y 0,55; y hasta 1 año si supera los 0,55 g/l.
  • Sanciones educativas: incorpora trabajo comunitario en jornadas de 4 horas e instrucciones especiales como cursos o programas terapéuticos con tope de 8 horas semanales.
  • Reclasificación e infracciones muy graves: redefine el cuadro de faltas y suma la reiterancia como agravante, tipificando como muy graves el exceso de velocidad y maniobras riesgosas.

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