Un hombre asesinó de un tiro a un perro del barrio en San Justo

Mediante un video viralizado en redes sociales, identificaron al agresor y piden que vaya preso. Las imágenes pueden herir la sensibilidad del lector.

Un hombre asesinó de un tiro a un perro del barrio en San Justo
Imagen ilustrativa

En la localidad bonaerense de San Justo se vivió un momento de crueldad animal cuando un hombre mató de un balazo, a sangre fría, a un perro del barrio que era cuidado por tres familias. El agresor fue grabado y el video fue difundido en la red social de Twitter por “El Campito Refugio”.

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“Exigimos la inmediata actuación de la justicia ante el accionar de un individuo aberrante. Ocurrió en San Justo a la vista de todos. Era un perro cuidado por tres familias, cariñoso, nada agresivo y ni siquiera tenía dientes. Lo mató por matar. Exigimos justicia”, escribieron en la red social.

Cuando realizaron la publicación, muchas personas mostraron en repudio con comentarios como: “No puedo creer lo que veo”. “Justicia, este salvaje que mató a este perrito fríamente no puede quedar libre”. “No puedo parar de llorar”. “Lo mató y le estaba moviendo la cola”, entre otros.

En la misma red social, un usuario contó que el hombre que habría matado al perro se llama José Luis y viviría en la esquina de Chile y Venezuela de la localidad bonaerense de Villa Luzuriaga. Al parecer, el hombre ya fue denunciado y esperan que vaya preso.

Ley 14.346 que protege a los animales del maltrato

ARTÍCULO 1. Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales

ARTÍCULO 2. Serán considerados actos de maltrato:

  1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
  2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.
  3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.
  4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.
  5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.
  6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
El video que fue difundido en las redes sociales.
El video que fue difundido en las redes sociales.

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ARTÍCULO 3. Serán considerados actos de crueldad:

  1. Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello.
  2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
  3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.
  4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.
  5. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.
  6. Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.
  7. Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causándoles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por el solo espíritu de perversidad.
  8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales.