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Vía País / Monotributo

Monotributistas: Cuáles son los beneficios que extiende la AFIP

El procedimiento para solicitar los beneficios se realiza a través de la página web.

Monotributistas: Cuáles son los beneficios que extiende la AFIP
autor avatarFlorencia OrzancoSeguinos enGoogle
06 de julio de 2021, 09:04
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Este martes a través de la Resolución 5025/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante los períodos de mayo, junio y julio.

// Mirá también: La AFIP extendió el plazo para pagar Ganancias y Bienes Personales y presentar declaraciones juradas

De esta forma, los monotributistas no serán dados de baja del régimen mientras se perfeccionan los cambios previstos en el proyecto de ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados.

Mercedes Marcó del Pont (DyN/Archivo).
Mercedes Marcó del Pont (DyN/Archivo).

Como parte de las medidas para garantizar que los pequeños contribuyentes puedan acceder a los distintos beneficios previstos en el proyecto de ley, la AFIP definió la semana pasada que la recategorización de los monotributistas prevista para julio se habilite una vez que finalice el debate parlamentario.

En este marco, para acompañar la iniciativa que se debate en el Congreso, el organismo también prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio último al 5 de agosto próximo.

Asimismo, hasta el 31 de julio estarán habilitados una serie de beneficios previstos en el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

// Mirá también: Monotributo: la AFIP prorrogó hasta agosto el vencimiento del pago de junio

Las herramientas habilitadas para aquellos contribuyentes que hayan comunicado su exclusión o renunciado al monotributo para convertirse en autónomos entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020, son la posibilidad de adherir nuevamente al régimen simplificado o acceder a una reducción del saldo técnico de IVA.

El procedimiento para solicitar los beneficios se realiza a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Con información de Télam.

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