Con el objetivo de evitar el ingreso al país de la variante Delta de Coronavirus, el Gobierno anunció una serie de medidas para limitar el flujo en las fronteras. Además, en breve se oficializará el nuevo DNU que extenderá las restricciones vigentes.
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Las medidas
- El viajero/a deberá declarar los lugares en donde estuvo los últimos 14 días previos al reingreso al país.
- Las fronteras continúan cerradas al turismo. Por ello, todo aquel que no sea argentino y quiera ingresar al país con este propósito no podrá hacerlo.
- Continúan suspendidos los vuelos provenientes de: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Chile, Brasil, India, Países africanos y Turquía.
- El cupo diario para ingresar al país se fijó en 600 pasajeros.
- Quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la Ciudad, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen.
- La estadía en los lugares de aislamiento estará a cargo del pasajero.
- Se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento, de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de seis meses a dos años y con prisión de 15 días a un año, respectivamente.
- Los viajeros/as deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina. Además, tendrán que repetirlo dos veces: una, al llegar al territorio nacional y, otra, al séptimo día de ingreso.
- Quienes resulten negativos, al ingreso al país, deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobiernos provinciales y de la CABA y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo.
- A su llegada, las personas con resultados positivos deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.
- Para el ingreso autorizado como excepción por migraciones, a través de pasos terrestres, la jurisdicción provincial deberá disponer corredores seguros. Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena.
- Las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior.
Para transportistas y tripulaciones
- Terrestres: los extranjeros y nacionales deberán contar con testeo de Covid negativo que tendrá una vigencia de 7 días de realizado.
- Buques: los extranjeros deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país; los nacionales, realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso.
- Aéreos: los extranjeros deberán movilizarse bajo modalidad burbuja en el país y cumplir los protocolos sanitarios; los nacionales, realizar testeos de antígenos como mínimo cada 15 días o menos.
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Cabe mencionar que se mantienen suspendidos los viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica.