La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización y la distribución de una reconocida marca de galletitas, de harina de maíz blanco, de una serie de productos médicos y también de una marca de alimentos en escabeche.
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En la disposición 627/2020 del Boletín Oficial, el organismo señaló que las galletas "semilladas con chía y lino sin colesterol marca Frutigran, de Granix, elaboradas antes del 12 de enero", no llevan la leyenda "puede contener leche". La firma comenzó el retiro del producto en el mercado y advirtió de la situación a sus consumidores.
En tanto, luego de una investigación por dos casos de botulismo en San Marcos Sierra, Córdoba, se inspeccionó el establecimiento "Fatto in casa, Norma Coatti. 9 de julio 1770- Monte Maíz", y se concluyó que no se podía garantizar la seguridad de los productos elaborados allí. Se trata de escabeche de pollo, escabeche deshuesado de pavita, escabeche deshuesado de vizcacha y escabeche de jabalí, y la prohibición fue informada en la disposición 623/2020.
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Además, la disposición 625/2020 prohibió la comercialización de la Harina de Maíz Blanco precocida, marca: P.A.N., RNPA N° 052-01-000232, RNE N° 00306053 que consigna la leyenda "libre de gluten", ya que no cumple la normativa alimentaria vigente en referencia a aspectos generales de rotulado.
También se comunicó la prohibición de varios productos médicos que se encuentran extraviados, por lo que no se puede garantizar su integridad.