El uso de pirotecnia sonora quedó prohíbido en los actos organizados por el Poder Ejecutivo Nacional, según un decreto publicado en el Boletín Oficial. En el mismo, se invita a todas las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a sumarse a la inicitiatica.
La Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) emitió un comunicado en respuesta al decreto, en donde lamenta no haber sido convocada "durante la elaboración de la norma, ya que la industria tiene mucha experiencia, conocimientos técnicos e ideas para aportar". Además, "destacó que la mayor cantidad de productos que se utilizan en el país son lumínicos y de bajo impacto sonoro".
"Estamos dispuestos y con deseos de sentarnos en una mesa y trabajar juntos para mejorar un sector que da sustento a 60.000 familias que reciben ingresos de esta actividad", se lee en el comunicado. La CAEFA, por último, informó que junto a asociaciones de familiares de personas con trastorno del espectro autista realizó dos campañas de concientización.
A continuación, el comunicado completo:
En relación al Decreto presidencial que limita el uso de pirotecnia de estruendo en actos públicos del Estado Nacional, la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) informa que actualmente la mayor cantidad de productos que se utilizan en el país son lumínicos y de bajo impacto sonoro. Desde hace tiempo CAEFA alienta a que el público elija estos productos y la mayoría de los argentinos ya opta por ellos. Existe una amplia gama con estas características, cada vez más bellos.
La Cámara recuerda que la norma restringe únicamente el uso de pirotecnia de estruendo en eventos del Estado Nacional, el cual puede utilizar otros productos pirotécnicos, que la medida no abarca los eventos organizados por las provincias o municipios, y que la venta, adquisiciòn y uso por particulares y entidades privadas de todos los productos aprobados por ANMAC está permitida en todo el país.
La medida no alcanza ni implica ningún otro tipo de prohibición, ni modifica la Ley vigente, no alcanza actos de campaña, privados, fiestas ni cualquier otro tipo de evento y no limita la comercialización existente, habilitaciones, permisos, categorías, en ningún aspecto en todo el país, y no afecta la venta y uso de productos de venta libre de ninguna categoría.
Incluso en los considerandos del Decreto se destaca que “existe legislación nacional que permite la venta libre o autorizada” de productos pirotécnicos, lo que refuerza lo que expresa la Cámara y ha dictaminado la Justicia: una ordenanza municipal o ley provincial no puede prohibir un producto que es de venta libre por normativa nacional.
Desde CAEFA lamentamos que no nos hayan convocado durante la elaboración de la norma, ya que la industria tiene mucha experiencia, conocimientos técnicos e ideas para aportar, pero estamos dispuestos y con deseos de sentarnos en una mesa y trabajar juntos para mejorar un sector que da sustento a 60.000 familias que reciben ingresos de esta actividad.
Cabe mencionar que hace una semana la Cámara lanzó para todo el país junto a asociaciones de familiares de personas con trastorno del espectro autista dos campañas de concientización, una bajo la consigna “elegí pirotecnia con más luces y menos ruidos”, donde alentamos la elección de productos de bajo impacto sonoro, y otra con la consigna “celebremos todos con pirotecnia autorizada” con recomendaciones para el uso correcto de los productos.