A más de tres décadas de uno de los casos policiales más impactantes de la historia argentina, las declaraciones de los protagonistas del proceso judicial continúan generando polémica. En esta oportunidad, Flavio Gliemmo, quien ejerciera la defensa técnica del odontólogo de La Plata Ricardo Barreda, volvió a justificar el accionar del autor del cuádruple crimen ocurrido en noviembre de 1992, asegurando que su representado no debe ser calificado como asesino ni como femicida, sino como una persona que actuó impulsada por un cuadro mental alterado.
Durante una entrevista brindada al programa Infocielo Play, el abogado repasó la estrategia legal del caso y argumentó que el comportamiento del odontólogo respondió a un diagnóstico psiquiátrico específico. Según la postura planteada por la defensa, la matanza de su esposa Gladys McDonald, sus hijas Cecilia y Adriana, y su suegra Elena Arreche fue el resultado de una distorsión de la realidad que le impedía comprender la criminalidad de sus actos al momento del hecho.
Barreda.(Captura)
La hipótesis del "delirio reivindicativo" y la falta de arrepentimiento
El eje central de la defensa trazada por Gliemmo se sostuvo en los informes presentados por los peritos de parte durante la etapa de instrucción del juicio. Según los profesionales consultados por los abogados, Barreda desarrolló un cuadro de delirio reivindicativo, una estructura de pensamiento psicótico en la que estaba firmemente convencido de que los miembros de su familia planeaban asesinarlo. Bajo esa distorsión cognitiva, el odontólogo percibió la situación dentro del hogar como un dilema extremo de vida o muerte, donde la única opción era ser víctima o atacante.
LAS POLÉMICAS DECLARACIONES DEL ABOGADO DE BARREDA ⚖️
Flavio Gliemmo sostuvo que el odontólogo no fue un femicida ni un asesino, sino que actuó bajo un "delirio reivindicativo". Los detalles de la entrevista y el fallo judicial. pic.twitter.com/SK0v2Jvgo6
Los especialistas que evaluaron al imputado en ese entonces sostuvieron que se trataba de un episodio psicótico de carácter único e irrepetible, que no volvería a manifestarse en otros entornos sociales. Asimismo, remarcaron que una de las características centrales de esta patología era la incapacidad absoluta para experimentar culpa o arrepentimiento real por las víctimas, una conducta que el letrado intentó verificar en cada una de las conversaciones privadas que mantuvo con Barreda a lo largo de los años.
A pesar de los planteos de la defensa orientados a declarar la inimputabilidad del acusado, la Justicia argentina desestimó esa hipótesis durante el juicio oral y público. El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 1 de La Plata juzgó al odontólogo como plenamente consciente de sus acciones cuando tomó la escopeta y ejecutó a las cuatro mujeres en la casona familiar de la calle 48.
Barreda.(Gentileza)
En 1995, los jueces dictaminaron que el acusado comprendía la gravedad de lo que estaba haciendo y lo condenaron a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por el vínculo. Con el paso de los años y las transformaciones en la legislación penal, el caso se consolidó como un emblema del debate sobre la violencia machista en el país, siendo catalogado de forma unánime por la sociedad y la jurisprudencia como un caso paradigmático de femicidio, término que el letrado sostiene rechazar desde la estricta estrategia técnica de su defensa.