Luego de que los legisladores salteños aprobaran la Reforma Constitucional enviada por el Ejecutivo provincial el abogado Pedro Arancibia y el médico Edmundo Falú presentaron a la Corte de Justicia una acción popular de inconstitucionalidad contra la legislación.
La ley sancionada habilita a los convencionales constituyentes a modificar la cantidad de reelecciones de los legisladores provinciales. Además, establece la modificación del artículo 140, sobre la cantidad de reelecciones del gobernador y el vicegobernador; y el artículo 144 que adecúa el informe a la Asamblea Legislativa del mandatario provincial sobre el estado general de la Provincia a la nueva fecha de inicio del periodo de Sesiones Ordinarias.
Una eventual declaración de inconstitucionalidad obligaría a suspender las elecciones de los convencionales constituyentes. “El Estado está obligado, por el Pacto de San José de Costa Rica, a adoptar medidas positivas para facilitar la igualdad de oportunidades en la elección de cargos públicos. La Legislatura de Salta no hizo nada para proteger el derecho fundamental a la participación en la dirección de los asuntos públicos de las personas que no pertenecen a los partidos políticos”, opinó Arancibia en una entrevista con El Tribuno.