Aguinaldo de junio 2024: cuándo lo percibirán los estatales santafesinos

El Sueldo Anual Complementario corresponde a empleados en relación de dependencia y pasivos.

Aguinaldo de junio 2024: cuándo lo percibirán los estatales santafesinos
Aguinaldo de junio para estatales santafesinos

El Ministerio de Economía de Santa Fe confirmó este jueves el pago de la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo para estatales.

Según se informó, los empleados de la Provincia lo percibirán este lunes 24 de junio, pero desde el jueves 20 ya podrán verlo depositado en sus cuentas.

Desde el gobierno provincial aclararon que el pago del aguinaldo incluye el 4% de aumento a percibir con los haberes de junio.

El Cronograma de pago de aguinaldo

Lunes 24 de Junio (acreditación en cuenta a partir del jueves 20):

  • Personal perteneciente al Escalafón Policial
  • Personal Activo perteneciente al resto de los Escalafones
  • Personal Docente de Escuelas Privadas
  • Todos los Pasivos
  • Autoridades Superiores Poder Judicial, Legislativo y Ejecutivo

¿Qué es el aguinaldo?

El aguinaldo es un ingreso adicional que reciben los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados y pensionados contemplados en la Ley 24.241.

Para que el trabajador cobre el aguinaldo, deben darse 2 condiciones: que la persona haya prestado servicio en el semestre considerado y que en dicho período hubiese recibido remuneraciones. Cabe resaltar que las vacaciones o las licencias con goce de sueldo se consideran como un período sujeto al pago de aguinaldo, porque se cumple la segunda condición.

Por el contrario, es importante destacar que los trabajadores informales, las personas que son monotributistas y otros casos de empleo no registrado no reciben el SAC.

¿Cuándo se cobra el aguinaldo y cómo se calcula?

El beneficio se divide en 2 pagos: cada una de las partes corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por un trabajador dentro de cada uno de los semestres.

“El Sueldo Anual Complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año”, según establece la Ley 27.073 sobre Contratos de Trabajo.

El cálculo consiste en dividir por 2 a la mejor remuneración bruta (antes de las deducciones impuestas por ley, como los aportes y contribuciones a la seguridad social) recibida en el semestre.