Adelantaron el vencimiento de las tarjetas de crédito al 1° de septiembre: qué pasa si cobrás después
El cambio de fecha generó preocupación entre los usuarios que reciben sus haberes después del nuevo vencimiento. Tras los reclamos, aclararon qué ocurrirá con los pagos y los intereses.
Adelantaron el vencimiento de las tarjetas al 1° de septiembre: qué pasa si cobrás después(Redes)
La diferencia de apenas tres días encendió las alarmas especialmente entre empleados de la administración pública, trabajadores judiciales y otros sectores estatales, debido a que muchos percibirán sus salarios después de la nueva fecha establecidapara abonar el resumen.
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Qué pasa si la tarjeta vence antes de cobrar el sueldo
La modificación comenzó a ser advertida durante el fin de semana, cuando los clientes recibieron sus nuevos resúmenes. A partir de entonces, los reclamos se multiplicaron en redes sociales y grupos de WhatsApp.
La principal preocupación estaba relacionada con los intereses que podrían generarse si un usuario no contaba con el dinero necesario para pagar el resumen el 1° de septiembre y debía esperar hasta la acreditación de su salario.
Ante la repercusión, el Banco Santa Fe realizó este lunes una aclaración: no cobrará intereses a los clientes cuyo vencimiento se produzca antes de que hayan percibido sus haberes. De esta manera, quienes estén alcanzados por esta situación no deberían afrontar un costo financiero adicional por la diferencia entre ambas fechas.
La entidad también informó que los próximos vencimientos volverán a adecuarse al cronograma de pagos de la Administración Pública, como ocurre habitualmente.
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El Gobierno de Santa Fe intervino tras los reclamos
La situación también llegó al Gobierno provincial. El ministro de Economía santafesino, Pablo Olivares, confirmó que se comunicó con las autoridades de la entidad después de conocer el adelantamiento.
Según explicó, desde el Ministerio solicitaron que el banco revisara la modificación debido a que el nuevo vencimiento quedó establecido antes de que finalice el período en el que los empleadores acreditan los salarios.
Olivares también reclamó que la situación no derivara en cargos adicionales para los trabajadores y jubilados que pudieran resultar afectados por la diferencia de fechas.
Finalmente, la entidad confirmó que no aplicará intereses por esta situación particular y adelantó que los próximos vencimientos serán organizados teniendo en cuenta el calendario de pago de los salarios públicos.
La aclaración busca despejar así la principal duda que había surgido entre los usuarios: quienes tengan vencimiento el 1° de septiembre pero cobren sus haberes después no tendrán que pagar intereses adicionales por esperar hasta la acreditación de sus ingresos.