Elecciones 2023: cómo es el trámite para que voten los jóvenes de 16 años

Desde que fue sancionada la llamada Ley del “Voto Joven”, en 2012, los adolescentes de 16 y 17 pueden participar de las elecciones. Qué necesitan para hacer uso de ese derecho.

Lo que hay que saber sobre el Voto Joven
Lo que hay que saber sobre el Voto Joven

Habrá quienes le encuentren fallas, pero la democracia es el mejor sistema de Gobierno y en nuestro país se valora, quizás, mucho más que en otros sitios, luego de que la última dictadura despojara de tanto a tanta gente. Con los años y la elecciones, los derechos se fueron ampliando y hasta la edad en que se puede votar se adelantó. Pero, ¿qué deben tener en cuenta los chicos y chicas de 16 años que quieran ejercer este derecho?

En 2012 se sancionó la Ley N.° 26.774 de Ciudadanía Argentina, que permitió extender el derecho político del voto a las y los jóvenes desde los 16 años para que puedan participar en la elección de representantes a nivel nacional. Es decir, de la elección nacional, que es cuando se renuevan cargos de diputados y senadores, del Poder Legislativo Nacional; y el Poder Ejecutivo Nacional: Presidente y Vicepresidente.

El requisito para el Voto Joven
El requisito para el Voto Joven Foto: Twitter

Hay una condición fundamental para poder votar a los 16 o 17 años y contar con el DNI de mayor actualizado. Este trámite debe hacerse desde los 14 años y es de la única manera de ingresar en el Padrón Electoral. Todavía se está a tiempo para concretar este paso y poder participar de las próximas elecciones.

Por qué podría no aparecer un joven de 16 años en el padrón

Según puntualiza la Cámara Nacional Electoral, hay tres motivos posibles por los que un joven de 16 años podría estar ausente en el padrón.

En primer lugar, que no haya realizado la actualización de mayor del DNI, que se debe efectuar a partir de los 14 años. También que se haya realizado la actualización luego del cierre del padrón provisorio o, por último, que el Registro Nacional de las Personas no haya remitido a la Cámara Nacional Electoral la información para que sea incluido.

En caso de que sea responsabilidad del Renaper se deberá realizar un reclamo ante la Justicia Nacional Electoral, en los plazos previstos en el Código Electoral Nacional mediante: https://www.padron.gov.ar/cne_reclamos/, reclamos.padron@pjn.gov.ar y la Secretaría Electoral correspondiente a tu distrito.

Voto joven: qué hay que saber

  • No es obligatorio para los jóvenes de 16 y 17 años y no hay multas ni sanciones para quienes no lo hagan.
  • Si el adolescente cumple 16 años el mismo día de la elección y aparece en el padrón, puede votar.
  • Se necesita tener el DNI con la actualización de los 14 años.
  • El voto joven aplica para la elección de candidatos nacionales (Presidente, Vicepresidente, senadores y diputados para el Congreso de la Nación) en todo el territorio.
  • En el caso de los candidatos locales (legisladores para los congresos provinciales, concejales, intendentes y gobernadores) se aplica la ley vigente de edades en cada provincia.