El esquema previsto en la Resolución 432/19 ATER representa una medida de excepción, en tanto se espera un cambio de rumbo y condiciones del modelo económico nacional, y busca sostener y contener la situación de regularidad fiscal de empresas con problemas económicos y financieros.
Programa de Regularidad Fiscal
- Para deudas vencidas al 31 de agosto. Para acceder al programa se deben tener pagas las obligaciones que venzan con posterioridad.
· Posibilidad de pago en hasta 36 cuotas.
· El porcentaje de anticipo va del 5 a 10 por ciento según la cantidad de cuotas elegidas y se duplica si la deuda ya se encuentra en estado judicial.
· No implica quita de accesorios devengados.
· Los contribuyentes se categorizan según su nivel de deuda: A) personas humanas hasta 100.000 pesos de deuda actualizada, B) los que no entran en A, hasta 1 millón de pesos de deuda actualizada, C) con deuda actualizada de más de 1 millón de pesos.
En otro orden, el plan establece que las categorías definen algunos requisitos, el valor de la cuota mínima y el canal para tramitarlo (vía web para B y C).
En materia de tasas de interés, explicaron que será por debajo de las de mercado, en tanto van del 1,5 al 2,5 por ciento, según el plazo de pago elegido.
Por otro lado, y a diferencia de otros regímenes, advirtieron que las acciones de cobranza del organismo continuarán con normalidad en tanto no se ingrese al programa.
Finalmente invitan a comunicarse con el Servicio de Asistencia al Ciudadano (SAC) de ATER al 0810-888-2837 o visitar la web del organismo para más detalles.