La ANMAT prohibió la venta de dos aceites mendocinos

Se publicó este martes en el Boletín Oficial. Los productos carecen de registros sanitarios.

La ANMAT prohibió la venta de dos aceites mendocinos
Fachada de la ANMAT (Web).

Este martes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de dos marcas de aceite de oliva producidas en Mendoza.

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La Disposición 7859/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial, prohíbe “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea” del aceite de oliva marca D&D, “Elaborado y envasado Gral. Alvear, Mendoza- Argentina, RNE N° 18-004411, RNPA N° 025-18-008941″.

Se explicó, el producto “carece de registros sanitarios y consigna un RNPA y un RNE inexistentes, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

La medida, según se apuntó, tuvo el “fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.

Otro de los casos que no cumple con la normativa sanitaria vigente es el del aceite de oliva extra virgen, marca La Paz, “Cont. Neto 1000 ml, De Primera Presión en Frío, Envasado Enero 2021, consumir antes de Diciembre 2022, RNE N° 13002857, RNPA N° 130200776-3, Producto de Argentina, Elaborado y Envasado artesanalmente en Tupungato, Pvcia. de Mendoza”.

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La disposición 7860/2021 informa que se decidió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto, “por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE dado de baja y de RNPA inexistente, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.