Destacan “un fallo contra la arbitrariedad, requisas ilegales, y violencia policial a personas usuarias de cannabis”

Desde la Agrupacción marplatense de Cannabicultores presentaron un habeas corpus preventivo colectivo que advierte sobre abusos policiales.

Destacan “un fallo contra la arbitrariedad, requisas ilegales, y violencia policial a personas usuarias de cannabis”
El 20 de diciembre de 2019 la Agrupación Marplatense de Cannabicultores con el patrocinio letrado del Dr. Franco Bertolini, presentó un habeas corpus preventivo colectivo para hacer cesar el hostigamiento policial hacia las personas usuarias de sustancias.

Un habeas corpus preventivo colectivo presentado por la agrupación marplatense de cannabicultores advierte sobre abusos policiales en el inicio de causas por tenencia para consumo personal. Requisas sin fundamentos, sujetas al “olfato policial”, dirigidas especialmente a algunos sectores de la población, para sostener la “estadística” como evidenció la propia policía en la audiencia. Procedimientos sin sustento legal, que exponían a las personas usuarias de cannabis a permanecer contra el patrullero, la colocación de esposas, traslados a comisarías, y otras situaciones que restringen la libertad ambulatoria y pueden resultar humillantes.

La resolución del Juzgado de Garantías N°4, a cargo de Juan Tapia, establece: " Ordenar a la PolicÍa de la Provincia de Buenos Aires y demás fuerzas de seguridad que en el Departamento Judicial Mar del Plata se abstengan de realizar la detención, en espacios públicos, de usuaries de sustancias que la ley define como estupefacientes, cuando las circunstancias del caso pongan de manifiesto que la tenencia es para consumo personal y la conducta se realice en condiciones tales que no traiga aparejado un peligro concreto o un daño a derechos o bienes de terceros”.

Gabriel Díaz, presidente de la AMC explica: “El fallo es muy importante porque aporta racionalidad a un sistema que realmente ha sido hasta muy contradictorio: por un lado tiene al fallo Arriola, pero por otro lado se sigue penalizado y persiguiendo a personas cultivadoras”.

Entre los elementos más destacados del fallo, ni la policía bonaerense ni ninguna otra fuerza de seguridad que intervenga en Mar del Plata podrán trasladar a una comisaría a personas que hayan sido detenidas por tener drogas ilegales para uso personal (50 grs de Cannabis, 10 grs de cocaína, 3 pastillas de éxtasis) y tampoco se les formará una causa penal.

Díaz enfatiza en el señalamiento a la demagogia punitiva en el abordaje del consumo de sustancias: “Lo que evidencia este fallo es la banalidad con la que se aborda el tema. A pesar de haber un protocolo existente por un criterio técnico se realizaban traslados de personas a comisarías, sin situación clara porque no estaban detenidas, sólo por deficiencias de la propia policía, para iniciar expedientes que después se archivaban”.

La concepción de autonomía que expone el juez, es una concepción amplia para entender a la privacidad no sólo entorno a la propiedad privada. “Un fallo judicial no resuelve todos los problemas que tienen las personas usuarias, pero sí forja una herramienta frente al abuso policial. Si bien no se hizo lugar al pedido de la restitución de las sustancias secuestradas, si observa la importancia de atender a la singularidad de cada caso, permitiendo pensar muchos casos donde se secuestran plantas, considerando a la ley de cannabis terapéutico y su reglamentación” destaca el presidente de la AMC.

Luego de la presentación de la AMC hace un año, el juzgado de Garantías reconoció la importancia de abordar la problemática y especificó pautas para la intervención policial, retomando principios vigentes en el 2015, cuando un protocolo funcionaba para impedir el hostigamiento policial y dispendio judicial.

Además, la resolución advierte que “las requisas sin orden judicial deberán concretarse cuando concurran indicios vehementes de la comisión de un delito y razones de urgencia.” En este sentido, explica que “Los cacheos y requisas deberán respetar la privacidad y la integridad sexual de las personas, evitando prácticas invasivas, denigrantes o constitutivas de malos tratos y vejaciones” estableciendo límites claros a la intervención policial, para prevenir hechos ultrajantes y/o degradantes.

La sentencia remarca la importancia de adecuar la práctica policial a estándares de derechos humanos y legislación vigente, citando específicamente a la ley de identidad de género y la ley de salud mental, y ubica al consumo problemático como un asunto a ser abordado desde la salud y no desde lo penal.

Por qué un habeas

El 20 de diciembre de 2019 la Agrupación Marplatense de Cannabicultores con el patrocinio letrado del Dr. Franco Bertolini, presentó un habeas corpus preventivo colectivo para hacer cesar el hostigamiento policial hacia las personas usuarias de sustancias.

Dicha presentación advertía la cantidad de intervenciones policiales sobre personas usuarias de drogas; en la Memoria sobre Desfederalización en Materia de Estupefacientes del Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires se advierte que en el año 2018 se iniciaron 1.418 investigaciones de las cuales 569 fueron por tenencia para consumo personal (1,5 por día), representando el mayor tipo penal involucrado con el 40,19%. Se indicaba en el mismo sentido que en la ciudad de Mar del Plata en 9 meses de 2019 (en enero y febrero no se informaron datos) del año en curso, se han iniciado al menos 3.500 investigaciones (13 por día) por infracción a la Ley de Estupefacientes nº 23.737. Así mismo, se señalaba acerca de la arbitrariedad de dichas intervenciones, el exceso en los cacheos y requisas personales.

El Habeas Corpus presentado por la AMC se inspira en el que el Juez Mario Juliano presentó en Julio de 2019 en Necochea y como aquel solicitaba una audiencia pública. Entendíamos la necesidad de este espacio de diálogo con el fin de conocer los protocolos de intervención, los criterios objetivos por los cuales se aplican y los posibles desencadenantes del incremento en las detenciones.

Entendiendo que ante una nueva temporada de verano la ciudad de Mar del Plata se preparaba para recibir turistas y con ello al operativo Sol que usualmente despliegan las fuerzas de seguridad en temporada estival, se ultimaron detalles y se presentó el recurso en diciembre, antes de las fiestas. Este operativo que se realiza cada año aumenta la presencia de las fuerzas de seguridad en localidades turísticas, terminales de acceso, rutas y eventos masivos y en consecuencia la cantidad de intervenciones sobre personas usuarias de sustancias.

El Juzgado de Garantías n° 4 admitió la presentación y convocó a una audiencia pública y a los efectos de promover un diálogo democrático en procura de consensos y protocolos de actuación que permitan, por un lado, el pleno ejercicio de los derechos individuales de las personas usuarias de sustancias que la ley denomina “estupefacientes”, conforme lo resuelto por la Corte Suprema en fallo “Arriola” y por el otro, la racional persecución penal de aquellas conductas predefinidas como delito.

La audiencia se realizó el 26 de diciembre y contó con la participación de integrantes de la Fiscalía de Estupefacientes, la Fiscalía de Estado, distintas dependencias de la Policía Bonaerense, la Policía Federal, y la Concejala Verónica Lagos, quien viene trabajando la temática en el legislativo local.

En la audiencia quedó expuesto que se hacían traslados a comisaría para la confección del acta aduciendo motivos técnicos y la necesidad de realizar una carga en el sistema, esto a pesar de la existencia desde 2015 de un protocolo que indicaba que el acta y secuestro debían realizarse en el lugar.

Son destacables los aportes presentados en el proceso por parte del Centro de Estudios Legales y Sociales, la Comisión Provincial por la Memoria, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y el Centro de Encuentro Desarrollo Integración Regional quienes se presentaron como Amicus Curiae en la causa. La participación de estas organizaciones, sumó argumentos y conocimiento técnico para darle profundidad al abordaje de la problemática.

El 10 de diciembre del 2020, el juzgado firma la resolución, en el marco de lo que la Agrupación entiende como litigio estratégico, para exponer y dejar registro de situaciones de violencia institucional, y construir una herramienta que permita incidir en abordajes ajustados a derecho.