Efectivos de Prefectura forman parte de los operativos de control en Mar del Plata

"Los ciudadanos deben saber que se los controla porque se los cuida", enfatizaron desde la fuerza de seguridad

Efectivos de Prefectura forman parte de los operativos de control en Mar del Plata (Foto: Secretaría Prefectura MdP)
Efectivos de Prefectura forman parte de los operativos de control en Mar del Plata (Foto: Secretaría Prefectura MdP)

Desde Prefectura Mar del Plata detallaron que ante la puesta en funcionamiento del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU Nº 297/20 que declara el "Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio", la fuerza se encuentra desarrollando controles aleatorios en la ciudad, en consonancia con la justicia federal.

Los controles que realiza la fuerza consisten en la identificación de personas y de vehículos, en donde se verifica el estricto cumplimiento del DNU por parte de la ciudadanía, sin dificultar ni impedir el libre tránsito a las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.

Cabe remarcar que quienes están exceptuados de la obligación del aislamiento son las personas que se encuentran dentro de la siguiente lista:

1- Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2- Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4- Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

6- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

Efectivos de Prefectura forman parte de los operativos de control en Mar del Plata (Foto: Secretaría Prefectura MdP)
Efectivos de Prefectura forman parte de los operativos de control en Mar del Plata (Foto: Secretaría Prefectura MdP)

8- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10- Personal afectado a obra pública.

11- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20- Servicios de lavandería.

21- Servicios postales y de distribución de paquetería.

22- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BCRA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

"Los ciudadanos deben saber que se los controla porque se los cuida", enfatizaron desde la fuerza de seguridad.