Aguinaldo de junio 2026: hasta cuándo puede cobrarse y quiénes lo reciben
La primera mitad del Sueldo Anual Complementario (SAC) está próxima a depositarse. Todo lo que hay que saber.


El cobro de la primera parte del Sueldo Anual Complementario (SAC) es sumamente esperado por los trabajadores, ya que resulta un aliciente para resolver deudas del finalizado primer semestre o comenzar a proyectar para lo que resta del año.

Si bien aun falta para que llegue junio, hay quienes cuya situación económica los lleva a hacer cálculos y saber de antemano que podrá resolver ciertos gastos con ese dinero.
Aunque siempre están los que todavía tienen algunas dudas sobre el aguinaldo, tanto sobre el monto a cobrar, como quiénes lo reciben y por qué se paga en dos partes, hay que saber que todas esas cuestiones son fijas, es decir, al día de hoy las respuestas ya se conocen.
El aguinaldo, también conocido como Sueldo Anual Complementario (SAC), es un beneficio obligatorio que se establece por ley en Argentina y se refiere al sueldo adicional que los empleadores deben pagar a sus empleados.

Básicamente, equivale a un sueldo extra que los trabajadores reciben, pero dividido en dos partes: una que se deposita en junio y otra en diciembre.
De acuerdo con la ley 27.073, la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido también como aguinaldo o, correctamente dicho "medio aguinaldo", deberá ser abonado antes del 30 de junio. Sin embargo, este plazo puede extenderse hasta cuatro días hábiles, por lo que este año el pago podrá realizarse hasta el 6 de julio de 2026.
En el caso de los trabajadores en casas particulares, la primera cuota se paga en la última jornada laboral del junio y la segunda cuota en la última jornada laboral de diciembre.
Cada medio aguinaldo corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por los trabajadores dentro de cada uno de los semestres.

Sin embargo, es importante destacar que si durante el semestre la persona no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) recibirá el proporcional a los meses trabajados.
En estos casos, la fórmula que se recomienda utilizar, según la página oficia Argentina.gob.ar es: salario dividido 12 y multiplicarlo por los meses trabajados.