Una localidad de Córdoba decidió que quienes tengan antecedentes penales no podrán cubrir cargos municipales

Tampoco podrán postularse aquellos condenados por delitos de corrupción. La medida será para las elecciones primarias y las generales.

Una localidad de Córdoba decidió que quienes tengan antecedentes penales no podrán cubrir cargos municipales
Las personas con antecedentes penales no podrán participar de las elecciones primarias ni generales.

En una localidad de Córdoba, Juntos por el Cambio presentó un proyecto que prevé que las personas condenadas a delitos de corrupción y otros de tipo penal, no podrán ser cubrir cargos públicos electivos municipales.

La ordenanza fue impulsada en Río Tercero y se aprobaría el jueves de esta semana en el Concejo Deliberante. Según la norma, contempla los delitos como cohecho y tráfico de influencias; malversación de caudales públicos; negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas; exacciones ilegales; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados y encubrimiento.

RÍO TERCERO NO PERMITIRÁ QUE PERSONAS CON ANTECEDENTES PENALES CUBRAN CARGOS MUNICIPALES

El proyecto que se tratará en Río Tercero contempla que no podrán ser candidatos a elecciones primarias ni generales quienes hayan cometido “delito de fraude en perjuicio de la administración pública; delitos contra la seguridad de la Nación; delitos contra la integridad sexual; delitos contra el estado civil; delitos que se incorporen al derecho en cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción, la Convención Interamericana contra la corrupción o cualquier otro instrumento ratificado por la República Argentina sobre la materia, en las condiciones de su vigencia”.

Asimismo, la inhabilitación “se extenderá desde que exista sentencia condenatoria en segunda instancia del proceso hasta su eventual revocación posterior, o hasta el cumplimiento de la pena correspondiente”.

CÓMO FUNCIONARÁ LA ORDENANZA EN RÍO TERCERO

En caso que se cumpla la ordenanza, se exigirán certificados de antecedentes junto con la presentación de listas. La Junta Electoral Municipal podrá solicitar y obtener la documentación durante el proceso de habilitación de listas y candidaturas. Se requerirá para ser candidato:

  • Certificado de Antecedentes Penales (CAP) emitido por el Registro Nacional -de Reincidencia (o el informe o documento que lo reemplace), siendo responsables directos de su presentación por ante los órganos con competencia electoral.
  • Constancia emitida por el Registro Civil de la Provincia de que el candidato no se encuentra incorporado al Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
  • Constancia emitida por el Portal Ciudadano Digital que el/la candidata/a no se encuentre inscripto a la fecha en el Registro de Abusadores Sexuales.