Uepc aceptó la propuesta del Gobierno de Córdoba: las siete claves del acuerdo

En asamblea, la mayoría de las delegaciones aprobaron la cuarta propuesta de la Provincia.

El gremio decidió por mayoría aceptar la oferta de la Provincia.
El gremio decidió por mayoría aceptar la oferta de la Provincia. Foto: Uepc

El reclamo salarial de los docentes de Córdoba parece haber llegado a su fin tras la aprobación de la cuarta oferta del Gobierno Provincial. En asamblea, las delegaciones de la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (Uepc) confirmaron la aceptación de la propuesta.

“Luego de la lectura de los mandatos de cada una de las 26 Delegaciones Departamentales, expresando lo decidido por las y los docentes de toda la provincia, se aprueba la propuesta salarial por amplia mayoría”, confirmaron en las redes sociales de Uepc.

El gremio decidió por mayoría aceptar la oferta de la Provincia.
El gremio decidió por mayoría aceptar la oferta de la Provincia. Foto: Uepc

LAS SIETE CLAVES DE LA PROPUESTA APROBADA POR UEPC

  • 60 por ciento de aumento de bolsillo, según el siguiente escalafón:
    • Abril: 20% de aumento, alcanzando un 40%
    • Mayo: 10% de aumento, alcanzando un 50%
    • Julio: 10% de aumento, alcanzando un 60%
  • Los porcentajes son remunerativos.
  • Devolución de lo descontado en los días de paro del 27 de febrero, 8 y 10 de marzo; que serán reintegrados en un solo pago. Mientras que, se confirmó que no descontarán los paros del 22 y 23 de marzo.
  • Se agrega el 82% del FONID para jubiladas/os y 75% para pensionadas/os.
  • Cláusula de revisión automática:
    • Si la inflación acumulada desde Enero hasta Abril fuese superior al 40%, el mayor porcentaje que determine el IPC Córdoba será automáticamente aplicado a los haberes del mes de Mayo.
    • Si en el mes de Julio, si la inflación acumulada desde enero hasta Junio supera el 50%, el mayor porcentaje que determine el IPC Córdoba será automáticamente aplicado a los haberes de dicho mes.
  • La pauta de aumentos para jubilados (en relación a Marzo 2023) es igual a la pauta de los activos en porcentajes y meses de cobro para los beneficiarios a los que les fuera suspendido el diferimiento hasta diciembre.
  • Segundo Semestre: a partir del mes de agosto se retoma la discusión salarial para la fijación de la pauta de incremento para el segundo semestre del año 2023.