Una joven de 21 años fue condenada por intentar matar a su exnovio en Córdoba
Se trata de una estudiante de veterinaria que fue declarada culpable por un jurado popular en Río Cuarto.


La Justicia de Río Cuarto condenó este martes a Abigail Plaul, de 21 años, a 10 años y dos meses de prisión por un hecho ocurrido en enero de 2025 en la localidad de Las Higueras.

El fallo cerró el juicio que se desarrolló en la Cámara 1 del Crimen de Río Cuarto, donde se analizaron las circunstancias de un episodio que tuvo como víctima a su expareja, Román Sánchez Jaime, de 22 años.
La sentencia no estuvo exenta de polémica. Durante sus alegatos, el fiscal Julio Rivero planteó una posibilidad que podría abrir una nueva discusión judicial: que, por las características personales de la condenada, en el futuro se analice una eventual morigeración de la pena mediante prisión domiciliaria.
El tribunal declaró a Plaul responsable de homicidio simple en grado de tentativa y le impuso una pena de 10 años y dos meses de prisión. La querella había solicitado una condena de 15 años, mientras que el fiscal Rivero había pedido 10 años. Finalmente, la resolución estableció una pena levemente superior a la solicitada por el Ministerio Público Fiscal.
De esta manera, el proceso judicial concluyó con la declaración de culpabilidad de la joven, quien permanecía vinculada a la causa desde el episodio ocurrido en enero de 2025.
Uno de los momentos que generó mayor repercusión durante el juicio fue el planteo realizado por el fiscal Rivero al momento de fundamentar su pedido de pena.

El funcionario sostuvo que, debido a la edad de Plaul, su condición de estudiante y la ausencia de antecedentes, no debería descartarse que en la etapa de ejecución de la condena se evalúe una alternativa al cumplimiento efectivo en un establecimiento penitenciario.
En ese sentido, consideró que podría discutirse una eventual pena de ejecución domiciliaria, aunque aclaró que se trata de una cuestión que deberá analizarse en otra instancia y bajo las condiciones que establezca la Justicia.
Durante el debate, Plaul negó haber tenido intención de matar a su expareja. Su defensa sostuvo una versión diferente sobre lo ocurrido y cuestionó la existencia del dolo homicida.

Los abogados solicitaron su absolución y, de manera subsidiaria, que el hecho fuera encuadrado como un delito de menor gravedad. Sin embargo, el jurado popular descartó esa interpretación y consideró acreditada la responsabilidad de la joven por homicidio simple en grado de tentativa.