Crimen de Hilda Zoia en Oncativo: anularon la elevación a juicio y un ADN volvió a estar en el centro de la causa
La decisión dejó sin firmeza el sobreseimiento de Emilio Ybañez, cuyo rastro genético fue encontrado bajo las uñas de la víctima.


El juicio por el asesinato de Hilda Zoia, la mujer de 79 años asesinada en Oncativo en agosto de 2024, sufrió un importante revés a pocos días de su inicio. La Cámara Sexta del Crimen de Córdoba anuló la requisitoria de elevación a juicio debido a una irregularidad en la representación de la querella particular.

El problema surgió porque el defensor oficial designado para asistir a los familiares de la víctima había intervenido previamente como defensor de dos de los imputados de la misma causa. Para los jueces, esa superposición generó un conflicto de intereses que afectó la validez de la asistencia técnica de la querella.
La decisión también tuvo otra consecuencia: dejó sin firmeza el sobreseimiento de Emilio Ezequiel Ybañez, una figura central de la investigación. El joven había sido imputado inicialmente, pero luego quedó fuera de la causa y pasó a declarar como testigo.
Ahora, además, vuelve a cobrar relevancia una prueba genética incorporada recientemente: el ADN de Ybañez fue encontrado bajo las uñas de Hilda Zoia.
La resolución fue dictada por unanimidad mediante el Auto N° 40, del 3 de septiembre de 2026, por los camaristas Enrique Buteler, Pablo Brandán Molina y Esteban Díaz Reyna.
El tribunal hizo lugar al planteo de la querella, al que también adhirieron el fiscal de Cámara y las defensas de Romina Paola Ledesma y Cristian Luis Ríos.
El cuestionamiento central estuvo dirigido a la designación de Juan Mauricio Fernández como defensor público de la querella particular. El mismo profesional había actuado anteriormente como defensor de dos personas imputadas en el expediente.

Para la Cámara, esta situación comprometió la independencia de la asistencia técnica que debía recibir la parte querellante. Como consecuencia, quedaron alcanzados por la nulidad determinados actos procesales posteriores que dependían de una correcta intervención y notificación de esa parte. Uno de ellos fue la notificación del sobreseimiento de Emilio Ezequiel Ybañez.
Hilda Zoia fue encontrada asesinada el 24 de agosto de 2024 dentro de su vivienda de Oncativo. Según la investigación, la jubilada había sido víctima de una agresión extremadamente violenta. El informe forense estableció que fue estrangulada y golpeada en la cabeza, además de detectar indicios compatibles con un ataque sexual.
La acusación principal recayó sobre Romina Paola Ledesma, quien trabajaba como empleada doméstica de la víctima, y su pareja, Cristian Luis Ríos. Ambos están imputados por homicidio calificado criminis causae y amenazas calificadas por el uso de arma.

Pero la investigación también tuvo como protagonista a Ybañez, cuya situación procesal ahora vuelve a quedar en discusión.
Ybañez fue detenido en Santiago del Estero y, en su primera declaración, reconoció haber ingresado a la casa de Hilda. Según aquella primera versión, admitió haber participado de una agresión sexual, haber golpeado a la víctima en la cabeza con un jarrón, haberla mordido y haberse lastimado un dedo durante un forcejeo.
Esa declaración tenía además un respaldo en la evidencia genética: los peritajes encontraron material seminal compatible con su perfil genético en la ropa interior de la víctima, además de sangre atribuida a él en la escena. Sin embargo, días después cambió su relato.
En una segunda declaración aseguró que Cristian Ríos lo había amenazado con un arma de fuego y sostuvo que, cuando ingresó a la vivienda, Hilda ya estaba muerta.

De acuerdo con esa versión, Ríos y Ledesma lo habrían obligado a mantener contacto físico y sexual con el cuerpo para dejar su material genético en la escena y hacerlo aparecer como responsable del crimen.
La fiscal de Instrucción de Río Segundo, Patricia Baulies, consideró verosímil esa explicación y solicitó el sobreseimiento de Ybañez. La medida fue concedida por la jueza de Control María Licia Tulián. Así, Ybañez dejó de ser considerado imputado y pasó a ocupar el lugar de testigo de la acusación contra Ledesma y Ríos.
En agosto de 2026 apareció un elemento que volvió a poner en discusión aquella segunda versión. Una pericia genética complementaria determinó que el material biológico recuperado debajo de las uñas de Hilda Zoia correspondía al perfil genético de Emilio Ybañez.
Para las defensas de Ledesma y Ríos, el hallazgo es relevante porque podría ser compatible con un forcejeo entre Ybañez y la víctima. Su interpretación es que la presencia de células de Ybañez debajo de las uñas podría indicar que Hilda lo arañó mientras intentaba defenderse.
Ese planteo entra en tensión con la versión que Ybañez dio en su segunda declaración, según la cual la jubilada ya estaba muerta cuando él ingresó a la vivienda.
La Cámara, sin embargo, no estableció en esta resolución que Ybañez sea responsable del asesinato. Lo que hizo fue advertir que, al no encontrarse firme su sobreseimiento, su testimonio ya no puede ser considerado automáticamente como el de un tercero completamente ajeno al proceso.
Los jueces señalaron: “Mientras su sobreseimiento no se encuentre firme, sus dichos no pueden continuar siendo considerados, sin más, bajo el presupuesto de constituir el testimonio de un tercero definitivamente ajeno a la persecución penal”.
La situación obliga a revisar qué valor procesal puede otorgarse a sus declaraciones y cómo se relacionan con el resto de la evidencia.
La nulidad de la requisitoria impide que el juicio avance en los términos en los que había sido elevado, por lo que el expediente regresó a la Fiscalía de Instrucción de Río Segundo.
La fiscalía deberá corregir las irregularidades vinculadas con la representación y las notificaciones y volver a definir cómo continúa el proceso.

La Cámara también rechazó los pedidos de excarcelación y cese de prisión preventiva planteados por las defensas de Ledesma y Ríos. Aunque la nulidad produjo efectos sobre la prisión preventiva de Ríos por una cuestión procesal, el tribunal dispuso que ambos continúen detenidos a disposición de la Fiscalía.
El caso, que tenía previsto llegar a juicio oral con participación de jurados populares por la calificación de homicidio agravado, vuelve así a una instancia previa al debate.
Y mientras la Justicia debe corregir el error procesal que frenó el juicio, la investigación vuelve a enfrentarse con una pregunta que parecía cerrada: qué lugar ocupa realmente Emilio Ybañez en el crimen de Hilda Zoia y qué significado tiene el ADN encontrado bajo las uñas de la víctima.