Se reguló el uso de tapa bocas en Comodoro Rivadavia

Fue uno de los temas tratados en la sesión de ayer. Una vez publicado en el Boletín oficial la normativa entra en vigencia.

Concejo Deliberante Comodoro
Concejo Deliberante Comodoro

Como parte de las medidas preventivas planteadas por el Ministerio de Salud de la Nación, desde el Concejo Deliberante se sancionó el uso de cobertores para boca, nariz y mentón en ámbitos públicos como bancos, entidades financieras, supermercados, estaciones de servicios, transporte público y locales comerciales en general, hasta que el Comité de Emergencia considere descartar su uso, según plantea su primer artículo.

Concejo Deliberante Comodoro
Concejo Deliberante Comodoro

En este sentido, de no contar con un cobertor distribuido comercialmente se recomienda elaborar este tipo de protectores tapa boca siguiendo las instrucciones de la página web www.argentina.gob.ar/noticias/arma-tu-propio-barbijo e implementando las medidas de higiene necesarias.

Marcos Panquilto, impulsor del proyecto
Marcos Panquilto, impulsor del proyecto

La normativa también restringe la adquisición de barbijos tipo N95, FFP2 y FFP3 a toda persona que no acredite ser profesional de la salud. Igualmente, luego de 72 horas de promulgada la Ordenanza se establece una multa de 5.000 a 50.000 módulos por el incumplimiento en el uso de los cobertores de boca en el ámbito público, estipulado por el artículo 1º.

El Concejo Deliberante aprobó el proyecto.
El Concejo Deliberante aprobó el proyecto.

Los ingresos generados por la aplicación de esta multa se destinarán al Fondo de Emergencia creado por la Ordenanza Nº 15.061/20, artículo 8º. Sin embargo, se exime del uso de los cobertores de boca a menores de 2 años, personas con afecciones respiratorias o aquellas que estén incapacitadas para sacarse el cobertor sin ayuda.