Se prohibió el uso de pirotecnia en Santa Rosa

Mediante el decreto municipal 068/2019 queda prohibida la utilización y comercialización de cualquier tipo de productos de pirotecnia en el ejido de la ciudad de Santa Rosa de Calamuchita.

Mediante decreto municipal, se prohíbe la utilización y comercialización de pirotecnia en el ejido de Santa Rosa de Calamuchita.
Mediante decreto municipal, se prohíbe la utilización y comercialización de pirotecnia en el ejido de Santa Rosa de Calamuchita.

Con la finalidad de evitar la contaminación ambiental y sonora provocados por el uso de pirotecnia, el intendente municipal de Santa Rosa de Calamuchita, Claudio Chavero, decretó la prohibición de utilización y comercialización de productos de éstas características en el ejido urbano de la ciudad.

La medida abarca también al depósito y venta al público mayorista y minorista de cualquier tipo de producto de pirotecnia y/o cohetería, sean o no de venta libre y/o fabricación autorizada, con sanciones por su incumplimiento que implican la clausura de comercios por el término de 30 días y en el caso de particulares con el decomiso de los productos más una multa equivalente  a trescientos U.B.E.

Como fundamento del decreto 068/2019 se alude a que la utilización de este tipo de elementos de pirotecnia altera la tranquilidad pública, la sensibilidad de gran parte de la población y fundamentalmente por los inconvenientes que se le causa a personas que padecen algún tipo de patología y el daño que provocan a los animales.

El no cumplimiento de la disposición municipal supondrá la clausura de comercios y decomiso y multa para particulares.
El no cumplimiento de la disposición municipal supondrá la clausura de comercios y decomiso y multa para particulares.

Los términos de prohibición de comercialización alcanzan a los comercios y particulares radicados en la ciudad y la de utilización de artículos de pirotecnia comprende a "todo tipo de actividad, festejos, celebración de cualquier índole ya sea ésta realizada al aire libre, vía pública o en salones de fiestas o domicilios particulares quedando exceptuado, para este caso, el uso de artificios pirotécnicos lumínicos" según reza el decreto.

Por otra parte se dispone la realización de una campaña de información y concientización a los vecinos de la ciudad sobre los alcances del presente decreto