Se oficializó la ley que contempla ayudas para los bomberos voluntarios

Incluye excenciones de impuestos, un tratamiento tarifario especial y otros beneficios.

Día del Bombero Voluntario (Foto: Orlando Pelichotti)
Día del Bombero Voluntario (Foto: Orlando Pelichotti) Foto: Orlando Pelichotti

Este miércoles se promulgó y publicó en el Boletín Oficial la ley de ayuda a los bomberos voluntarios. Contempla exenciones al pago de los servicios públicos y reintegro del IVA para las compras y contrataciones para el cumplimiento de su función, además de prestaciones en caso de accidentes.

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La norma fue sancionada el 2 de junio, Día del Bombero Voluntario, por iniciativa del diputado Eduardo “Bali” Bucca (Consenso Federal), para optimizar el uso de recursos para equipamiento y capacitaciones por parte de las asociaciones de bomberos.

Bomberos Voluntarios de Pérez
Bomberos Voluntarios de Pérez

Qué beneficios otorga la ley

  • Las “entidades beneficiarias gozarán de un tratamiento tarifario especial gratuito para los servicios públicos de provisión de energía eléctrica, gas natural provisto por red, agua potable y colección de desagües cloacales”.
  • El tarifario especial también incluye la “telefonía fija, telefonía móvil en todas sus modalidades y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones, que se encuentren bajo jurisdicción nacional”.
  • Ampliar la cobertura ante riesgos y contingencias que los bomberos voluntarios puedan sufrir en el ejercicio de sus funciones.
  • Se incluyen prestaciones destinadas a cuidar a los bomberos y bomberas que sufran algún tipo de accidente, como asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y traslados.
  • También se contempla una prestación económica en el caso de incapacidad laboral temporaria.

Alcance

El régimen tarifario especial es aplicable a las asociaciones y federaciones de bomberos voluntarios, al Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y a la Fundación Bomberos de la Argentina, como entidades conformantes del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, indicó Télam.

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El texto establece además que el sujeto responsable inscripto en el IVA que realice ventas a estas entidades de bomberos voluntarios emitirá sus facturas con IVA tasa cero y la leyenda: “venta sujeto ley 25.054”.

“En el Día del Bombero Voluntario, reafirmamos el compromiso de seguir trabajando juntos para fortalecer el Sistema Nacional y cada uno de los 1000 cuarteles de nuestro país, y proteger a las 43.000 personas que arriesgan su vida para salvar las vidas y los bienes de la comunidad”, destacó Bucca el día que fue sancionada la norma.

El decreto publicado este miércoles —el 386/2021— lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de Seguridad, Sabrina Frederic. Es la ley 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina.

Con información de Télam.