La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el consumo y la venta de un “curry suave” que estaba mal rotulado y resultó ser ilegal.
La disposición 8566/2020 se publicó este jueves en el Boletín Oficial: “Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto ‘Curry Suave, RNE: 03000229, RNPA: 02-659802, Fracc.: Valles del Norte - Ba. P. M. Acevedo (Ctca), Procedencia: Argentina’.
Entre los motivos, expone: “Por carecer de registros de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado por exhibir en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
La investigación surgió gracias a la denuncia de un consumidor, que se expresó ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
En su reclamo, expuso que dudaba de la “genuinidad del producto”, algo que después fue confirmado por las autoridades sanitarias.