Impuesto a las Ganancias: el Gobierno oficializa la exención para trabajadores con sueldos de hasta $150.000

Lo descontado desde enero pasado se devolverá en cinco cuotas entre julio y noviembre.

Impuesto a las Ganancias: el Gobierno oficializa la exención para trabajadores con sueldos de hasta $150.000
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. (La Voz/Archivo).

El Gobierno reglamentará este lunes la modificación del impuesto a las Ganancias, que decreta la exención del tributo para la cuarta categoría de los trabajadores en relación de dependencia que perciban hasta $150.000 mensuales de salario bruto.

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De esta forma, solo uno de cada diez trabajadores pagará este impuesto y en razón de su efecto retroactivo, se va a devolver en cinco cuotas lo descontado desde enero pasado, detalló la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont.

Mercedes Marcó del Pont en Casa de Gobierno.
Mercedes Marcó del Pont en Casa de Gobierno.

“La reglamentación de la modificación del Impuesto a las Ganancias traerá alivio con los salarios de junio y también alcanzará al aguinaldo“, confirmó del Pont, quien añadió que ”más de 1.200.000 de personas con salarios de hasta $ 150.000 dejarán de pagar el impuesto”.

En este sentido, puntualizó: “Todos los que ganen hasta $ 150.000 no van a tener retención y los que están entre 150.000 y 173.000 verán una reducción en la carga tributaria”, dijo en declaraciones a Radio 10.

En el caso de los jubilados y pensionados, como los alcanzados por Ganancias - unos 230.000- comienzan a percibir el haber de junio y el medio aguinaldo desde el miércoles 23 de este mes y la liquidación ya está confeccionada con los valores anteriores a la nueva ley, se dispondría de una devolución especial a fin de junio o comienzos de julio.

Los montos retenidos entre enero a mayo serán reintegrados en 5 pagos mensuales. Se hará en cuotas mensuales entre julio y noviembre.

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La demora en la ejecución de los cambios se habría dado porque “la ley se aprobó a comienzos de abril y fue promulgada a finales de ese mes. El decreto reglamentario se publicó a finales de mayo. El paso restante era la Resolución General de la AFIP donde fue necesario conciliar las definiciones de la ley con la forma de liquidación de impuesto. La Resolución General del organismo debió sortear laberintos que arrastraba el texto de la ley para garantizar el alcance de los beneficios“, justificaron fuentes del Gobierno.