El Gobierno decidió disponer una flexibilización a las limitaciones de las exportaciones de la carne vacuna, con un plazo de hasta fin de año, exactamente hasta el 31 de diciembre de 2021. El volumen de exportación será de hasta 140.000 vacas que serán exportadas a China.
//Mirá también: El Gobierno renovó el acuerdo de carne a precios accesibles hasta fin de año
Esto quedó reflejado en el Decreto 700 y la resolución reglamentaria 219 que dispuso el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. De esta forma, 21.500 toneladas de carne vacuna serán enviadas, tal como se había pactado a fines de septiembre en una reunión entre entidades rurales y gobernadores.
Los animales en cuestión que serán enviados a China están catalogados como categoría E y D y la disposición se publica este mismo martes en el Boletín Oficial.
¿Qué establece el Decreto 700?
El Decreto 700 hace las modificaciones necesarias a su similar del 22 de junio pasado, el 408, que suspendía hasta el 31 de diciembre la exportación de carne vacuna a fin de adecuar el mercado con respecto al local.
Esto se debió, fundamentalmente, por la escalada de precios que se venía registrando desde el año pasado y también por irregularidades en varios procesos de embarques al exterior que fueron detectadas.
Es por ello que el Poder Ejecutivo entiende la necesidad de aumentar la producción y comercialización mediante la mejoría en las existencias ganaderas, y así aumentar el peso promedio de faena.
Con esto se busca mantener el abastecimiento del mercado local y a su vez sumar animales exportables de forma paulatina.
Es por estos motivos que argumentaron “resulta necesario modificar diversos artículos del Decreto 408 y su modificatorio, para permitir que la actividad de dicho sector se realice de manera predecible, constante y progresiva, con el objeto de estimular un adecuado ambiente de negocio para todos los actores de la cadena productiva, desde el criador hasta el frigorífico”.
Otras disposiciones del Decreto
Al mismo tiempo que establece aumentar los volúmenes de exportables, el Decreto también plantea la creación de la Mesa de Coordinación del Sector Cárnico en el seno del Ministerio de Agricultura.
Se busca así realizar un seguimiento, análisis e intercambio de información que vaya surgiendo luego de las nuevas disposiciones establecidas.
Asimismo, la resolución estará otorgando a cada empresa que tenga establecimiento faenador, la posibilidad de comercializar hasta 100 toneladas mensuales, al tiempo que 50 toneladas mensuales para aquellas empresas que tengan establecimiento procesador.
¿Qué cortes vacunos quedan exentos del Decreto 408?
Con la nueva disposición del Decreto 700 que viene a superar al 408, los cortes vacunos que podrán ser exportados serán:
- Asado con o sin hueso.
- Matambre.
- Cuadrada.
- Paleta.
- Vacío.
- Falda.
- Tapa de asado.
Todos estos cortes serán productos de vacas de Tipo D y E. Y los animales en cuestión exportables serán aquellos que carecen de capacidad reproductiva.