El Gobierno nacional dio a conocer las localidades que deberán cumplir con el aislamiento por coronavirus

La medida preventiva fue publicada en el Boletín Oficial y se extenderá hasta el 25 de octubre.

El Gobierno nacional dio a conocer las localidades que deberán cumplir con el aislamiento por coronavirus
Alberto Fernández anunció un endurecimiento de la cuarentena en ciudades de 18 provincias\u002E (Presidencia)

El Gobierno Nacional prorrogó el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) y el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ADPO) hasta el 25 de octubre, en el marco de la emergencia sanitaria establecida ante la pandemia de coronavirus COVID-19.

El DISPO se sigue aplicando a aquellas jurisdicciones en las que el sistema de salud cuenta "con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria", y que no están definidas "por la autoridad sanitaria nacional como aquellas que poseen 'transmisión comunitaria' sostenida del virus SARS-CoV-2.2" y en las que la evolución de la cantidad de casos en las últimas dos semanas haya manifestado un descenso.

El aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) se aplicará con la misma modalidad que hasta ahora en los siguientes lugares:

- El AMBA, es decir la Ciudad de Buenos Aires y 35 municipios de la Provincia de Buenos Aires: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, General Las Heras, General Rodríguez, General San Martín, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Luján, Marcos Paz, Malvinas Argentinas, Moreno, Merlo, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Miguel, San Vicente, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López. También se suman los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás y Tandil, de Buenos Aires.

- Chaco: San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco.

- Chubut: Biedma y Escalante.

- Córdoba: Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín.

- La Rioja: Capital y Chilecito Mendoza: Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato Neuquén: Neuquén capital , Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala.

- Río Negro: ciudades de Bariloche y Dina Huapi y el departamento de General Roca .

- Salta: Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Capital.

- San Juan: Rawson y Capital.

- San Luis: General Pedernera Santa Cruz: Río Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia.

-Santa Fe: Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos.

- Santiago del Estero: Capital y Banda.

- Tierra del Fuego: Río Grande Tucumán: Capital.

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En tanto, estarán bajo las medidas de distanciamiento, social, preventivo y obligatorio (DISPO), con las mismas características y protocolos que hasta el momento, los restantes distritos del país, lo que incluye a la totalidad de las provincias de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa y Misiones.

Los gobiernos provinciales continúan manteniendo la facultad para, en caso de detectar situaciones de riesgo de propagación del virus, disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen a las provincias provenientes de otras jurisdicciones por un plazo máximo de 14 días.

Del mismo modo, en el caso de los departamentos y partidos de hasta 500 mil habitantes las autoridades provinciales "podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del 'aislamiento social, preventivo y obligatorio' y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas".

Los gobiernos provinciales tendrán facultad para disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen a las provincias (Foto: Presidencia)
Los gobiernos provinciales tendrán facultad para disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen a las provincias (Foto: Presidencia)

Para eso, “deberán contar con la aprobación previa de la autoridad sanitaria provincial e implementar un protocolo de funcionamiento de la actividad respectiva, que contemple, como mínimo, el cumplimiento de todas las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional”.

Tanto en las zonas bajo el ASPO como en aquellas bajó el régimen DISPO deberán mantener el distanciamiento entre las personas, el uso de tapabocas, higiene personal y de superficies y la ventilación, de acuerdo a los protocolos sanitarios vigentes.

Finalmente, en ambos regímenes siguen prohibidos los eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas; los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente; deportes donde participen más de diez personas o que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes; los cines, teatros, clubes y centros culturales; el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados; y el turismo. Será también el Jefe de Gabinete quién autorice las excepciones de acuerdo a la situación epidemiológica respectiva.

Regreso a clases

Además, el Gobierno determinó que podrán reanudarse las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo a los parámetros establecidos por el Consejo Federal de Educación y el Ministerio de Educación de la Nación será la autoridad competente que deberá aprobar los planes de cada jurisdicción para la vuelta a la presencialidad.

Reinicio de la escuela presencial en San Luis
Reinicio de la escuela presencial en San Luis

El Gobierno nacional también autorizó en todo el país las reuniones sociales de hasta diez personas en espacios públicos al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, aunque seguirán sin poder utilizarse los servicios públicos de pasajeros de colectivos, trenes o subtes.

El Gobierno nacional también autorizó en todo el país las reuniones sociales de hasta diez personas en espacios públicos al aire libre.
El Gobierno nacional también autorizó en todo el país las reuniones sociales de hasta diez personas en espacios públicos al aire libre.

Los gobernadores y las gobernadoras de provincia y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán eventualmente suspenderlas con el fin de proteger la salud pública.

En tanto, el Jefe de Gabinete de Ministros es la autoridad facultada para ampliar, reducir o suspender esta autorización en atención a la evolución de la situación epidemiológica.