Hasta el 31 de julio, el Poder Ejecutivo tucumano dispuso la prórroga del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales, para las obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 29/2/2024 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, CISI - Comunas Rurales, a los Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y Tasa Retributiva de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas.
Sergio Guerra, jefe de la División de Dictámenes y Capacitación de la Dirección General de Rentas, detalló: “Desde la DGR queríamos recordarles a los contribuyentes que el Poder Ejecutivo Provincial a través del decreto 1900/3 (MEyP) -2024 ha decidido prorrogar hasta el 31 de julio del 2024 la vigencia del régimen de regularización de deudas fiscales” y amplió: “Son todas aquellas deudas vencidas y exigibles al 29 de febrero del 2024, incluyendo sus intereses, recargos y multas”.
Esta moratoria incluye: obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 29/2/2024 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, CISI - Comunas Rurales, a los Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y Tasa Retributiva de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas. Vigencia para el acogimiento: hasta el 31/7/2024.
Para acogerse al beneficio, los interesados podrán “Únicamente a través de la página Web de la DGR y mediante el uso de clave fiscal otorgada por la AFIP”, informó Guerra.
Respecto a las condiciones, el funcionario indicó que deberán “Tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 01/03/2024 hasta el momento del acogimiento al plan. Es decir, los anticipos 2-3-4-5-6/2024 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública, y las cuotas 3-4-5-6-7/2024 de los impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados”.
Beneficios e intereses:
- Reducción del 100% de los intereses devengados con anterioridad al 31/12/2020.
- 50% (cincuenta por ciento) por pago al contado, 30% (treinta por ciento) mediante pagos parciales y 40% (cuarenta por ciento) mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen hasta el mes de Febrero de 2025, inclusive.
- Beneficios de reducción y remisión según el estadio procesal en que se encuentren. Respecto de las prórrogas anteriores se incrementan beneficios de reducción.
- El vencimiento del primer pago parcial opera el 15/08/2024.
- Impuestos: inmobiliarios, automotores y rodados.
“Cabe destacar que ya se encuentran disponibles para su impresión y pago, las boletas de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores y Rodados correspondiente al tercer trimestre del año 2024″, finalizó Guerra.