Es obligatorio el Control Bromatológico de las Unidades de Transporte de Alimentos (UTA)

Lo informa la Dirección de Bromatología y Zoonosis obrando en virtud de la ley 18284 y la Ordenanza Municipal 1183/80.

Es obligatorio el Control Bromatológico de las Unidades de Transporte de Alimentos (UTA)

Desde la Dirección de Bromatología y Zoonosis de la Municipalidad de Tres Arroyos, obrando en virtud de la ley 18284 y la Ordenanza Municipal 1183/80 se informa que el Control Bromatológico de las Unidades de Transporte de Alimentos (UTA), es de caracter obligatorio para transporte de alimentos de origen animal, vegetal, refrigerado, envasado, bebidas, etc.

Es responsabilidad del transportista y de quién reciba la mercadería el resguardo de la documentación sellada que aseguren el control sanitario.

La importancia del control radica en qué los consumidores, elaboradores y vendedores dispongan de alimentos y materias primas en condiciones seguras para el consumo y mantengan la vida útil del producto evitando grandes pérdidas económicas y garantizando la salud del consumidor.

CONTROL BROMATOLOGÍCO

Teléfono: 2983-465078

Lugar de fiscalización: Ruta Nacional 3 Km 496

Horario: 05 a 19 horas.

Días: lunes a viernes