Desde el viernes 24, quienes ingresen a La Pampa deberán contar con un permiso provincial

La medida deriva del incremento de contagios de Covid-19 en las provincias limítrofes.

La Pampa exigirá permisos para el ingreso (Pampadiario)
La Pampa exigirá permisos para el ingreso (Pampadiario)

Mediante el decreto 1633/20, el Gobierno de La Pampa estableció que se requerirá a los transportistas y comerciantes que ingresen a la provincia, desde el próximo viernes 24 de julio, además de la autorización nacional por desarrollar una actividad esencial, un permiso provincial.

La medida fue dispuesta "en atención a la mayor complejidad sanitaria por el incremento de contagios de Covid-19", sobre todo en las provincias limítrofes, por lo que se "estima imprescindible reforzar los controles y tener una estricta trazabilidad de todo su itinerario y actividad dentro del territorio provincial, sean residentes pampeanos o no", según se informa en un comunicado oficial.

Desde las 18 horas de este martes, está operativa la página web https://permisotransporte.lapampa.gob.ar a través de la cual se solicita una declaración jurada con los datos requeridos. El otorgamiento del permiso será inmediato y deberá ser presentado junto al permiso nacional en su ingreso a la provincia.

Desde el próximo viernes se exigirá el permiso provincial en los ingresos a La Pampa (APN)
Desde el próximo viernes se exigirá el permiso provincial en los ingresos a La Pampa (APN)

La medida establecida en el decreto, que lleva la firma del gobernador, Sergio Ziliotto, permitirá un control selectivo teniendo en cuenta el estatus sanitario del lugar de procedencia así como el domicilio de los comercios pampeanos que tomarán contacto con dichos transportistas y comerciantes.

La información será administrada tanto por las distintas áreas del Gobierno provincial abocadas al control de los protocolos vigentes, como también estará a disposición de los intendentes para que tengan conocimiento de la actividad a desarrollar en cada municipio.

El decreto define, además, que la autoridad sanitaria provincial podrá efectuar todos los controles, estudios y análisis sanitarios y epidemiológicos que crea conveniente.