Proponen bajar el IVA al 15% y eliminarlo en los productos de la canasta básica de alimentos
El proyecto lo presentó el diputado nacional por Mendoza, Federico Zamarbide.

Cero Impuesto al Valor Agregado para los productos de la canasta básica alimentaria y una disminución de seis puntos, también del IVA, para el resto de los productos, fue la propuesta que ingreso a la Cámara de Diputados de la Nación el legislador por Mendoza Federico Zamarbide.
"Ya que en Argentina al haber impuestos altos y déficits en los controles de los mismos, se incentiva la competencia desleal. Con esta propuesta queremos reducir los precios finales de bienes y servicios en el país, beneficiando a los consumidores", explicó Zamarbide.
El diputado nacional propuso disminuir el IVA del 21% al 15% en general y la eliminación de ese tributo en todos los productos que integran la canasta básica y también medicamentos.
"Si bajamos los impuestos, es más fácil que todos los contribuyentes los paguen. Por eso hacemos énfasis en el concepto de equidad tributaria: reducir impuestos al consumo para facilitar el acceso a bienes y servicios. El objetivo es disminuir la cadena de costos en la producción nacional y eximir del IVA a alimentos y medicamentos para que sean más accesibles a la población", agregó el legislador oriundo de San Rafael.

Con el 21% del IVA que aplica actualmente la Argentina ocupa el segundo lugar en la región. Sólo la supera Uruguay, cuya alícuota es del 22%. Detrás está Brasil con el 17% y Paraguay con el 10%.
"Queremos que Argentina tenga una presión fiscal de impuestos lógica, como el resto de los países de la región. Así, sin dudas, será más fácil generar producción y empleo en nuestro territorio", aseguró Zamarbide.
En concreto, el proyecto propone eximir "totalmente del Impuesto al Valor Agregado en toda la cadena de comercialización y producción, excepto la importación, a los productos que forman parte de la canasta básica alimentaria familiar publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo. Y las especialidades medicinales para uso humano cuando se trate de su reventa por droguerías, farmacias u otros establecimientos autorizados por el organismo competente, en tanto dichas especialidades hayan tributado el impuesto en la primera venta efectuada en el país por el importador, fabricante o por los respectivos locatarios en el caso de la fabricación por encargo".
Zamarbide indicó que "la eximición del IVA a la canasta básica de alimentos es una cuestión esencial de justicia: que los sectores más vulnerables, con los que tenemos una deuda en materia alimentaria, sanitaria y educativa, no abonen el IVA cuando compran bienes esenciales".