El Gobierno dio a conocer más precisiones sobre lo que será la próxima fase 3 que comenzará este sábado 5 de septiembre. Lo anunció el gobernador Sergio Uñac junto a su gabinete mediante un mensaje a la población sanjuanina. A las actividades ya exceptuadas a partir del 21 de agosto pasado, se suman nuevas excepciones a las restricciones generales.
https://twitter.com/sergiounac/status/1301924069164617735
Actividades habilitadas
Circulación de personas y transporte
-Control de límites provinciales
-Ingreso temporario de personas a la Provincia de San Juan: sistema especial de control y monitoreo habilitado.
-Circulación de personas en general: se mantienen las restricciones a la población de riesgo. Pueden circular hasta 5 personas por vehículo privado familiar tipo sedán y hasta 22 por colectivo.
-Circulación de personas entre departamentos en vehículos particulares: estará limitada a trabajadores esenciales, de actividades autorizadas y a temas de salud. Está prohibido el turismo interno y visitas familiares.
-Transporte público urbano de pasajeros: se limita a 22 personas por colectivo.
-Transporte público de pasajeros interdepartamental: limitado a trabajadores esenciales y temas de salud. Se prohíbe el turismo interno y visitas a familiares. Se limita al 50% de la capacidad del colectivo.
-Terminal de Ómnibus de San Juan y de los departamentos Jáchal, Iglesia, Calingasta y Valle Fértil: funcionarán para transporte interdepartamental con las limitaciones anteriores.
-Transporte de cargas: habilitado con protocolo vigente.
Vehículos de uso privado: podrán viajar hasta cinco personas por vehículo.
Motos y bicicletas: habilitados para circular.
Taxis y remises: pueden circular, trasladando hasta dos personas en los asientos traseros.
Combis: pueden circular con hasta el 50% de su capacidad.
Dispensas laborales
-Dispensa laboral para personas mayores de 60 años y personas de grupos de riesgo: el empleador no puede exigir a los mayores de sesenta años, embarazadas y a los integrantes de grupos de riesgo, la concurrencia a su puesto de trabajo. No pueden ser declarados trabajadores esenciales.
Servicios fúnebres y cultos
-Servicios fúnebres de personas no fallecidas por COVID-19: habilitado de lunes a domingo de 8:00 a 20:00 horas. Máximo cinco personas del círculo íntimo y con una duración máxima de 5 horas bajo cumplimiento de protocolo.
-Cementerios: autorizado el funcionamiento de lunes a domingo de 8:00 a 20:00 horas bajo cumplimiento de protocolo.
-Cultos: habilitados solo la asistencia individual, limitado a 40% de capacidad y distancia de 2 metros entre personas. No se permiten celebraciones comunitarias (misas, bautismos, casamientos, celebraciones de la palabra y otras prácticas no individuales).
Caminatas saludables
Se habilitan de lunes a sábado, de 8 a 20 horas.
Comercio y servicios e industria
-Shoppings y galerías comerciales: Puede asistir solo una persona por grupo familiar a estos lugares, los cuales podrán tener hasta un 40% de ocupación como máximo. Estarán abiertos de lunes a sábado de 11 a 22 horas, permaneciendo cerrados los domingos.
-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas: considerados servicios esenciales, podrán abrir sus puertas con una ocupación máxima del 40% de su capacidad. Puede asistir solo una persona por grupo familiar. Estarán habilitados de lunes a domingo de 08 a 20 horas.
-Comercios en general. Playas de estacionamiento, talleres, gomerías, lavaderos, agencias de quiniela, peluquerías, estéticas, y comercios en general no incluidos en categorías anteriores: tendrán atención por terminación de DNI. De 0 a 4, martes, jueves y sábado; de 5 a 9, lunes miércoles y viernes. Cumpliendo con protocolos aprobados, con 40% de ocupación. Atenderán de lunes a sábado en horario de 10:00 a 18:00. Permanecerán cerrados los domingos.
-Comercios gastronómicos, restaurantes, cafés y similares: se habilitarán con una ocupación máxima del 40% y cuatro personas por mesa al aire libre y en veredas, con 2 metros entre mesas y 1 metro entre personas. Los horarios serán de lunes a sábado de 07 a 24, mientras que los domingos permanecerán cerrados y solo se permitirán las entregas a domicilio.
Servicios de entrega de productos a domicilio: habilitados de lunes a domingo hasta las 24 horas.
Industrias: atención de 08:00 a 20:00 horas.
Servicios profesionales
-Habilitados con cumplimiento de protocolos Consultorios y clínicas privadas: podrán funcionar, bajo cumplimiento de protocolo, de lunes a domingo de 9 a 21 horas.
-Oficios y trabajadores de casas particulares: habilitados con cumplimiento de protocolo.
-Actividades industriales: con cumplimiento de protocolo, de lunes a domingo, de 8 a 18 horas, excepto industrias autorizadas de ciclo continuo.
-Actividades mineras: con cumplimiento de protocolos vigentes.
-Actividades agrícolas y ganaderas: con cumplimiento de protocolos vigentes.
-Construcción de obras Obra pública: con cumplimiento de protocolos vigentes.
-Obra privada: con cumplimiento de protocolos vigentes y registración ante la Dirección de Planeamiento.
Turismo
-Se habilitan las agencias de viaje y turismo para preventa.
-Habilitados los alojamientos para personas en aislamiento: con cumplimiento de protocolos vigentes.
Funcionamiento de organismos estatales Poder Ejecutivo
A partir del 7 de septiembre rige nuevamente el Decreto Nº 033/2020 (Régimen de Trabajo Administración Pública) y Resolución Nº 2650-MSP-2020 (Protocolo COVID-19). Se mantienen las dispensas gestionadas al 21/08/2020, no debiendo el agente gestionar nuevas solicitudes de dispensas por el mismo motivo.
-Atención en Centro Cívico y oficinas públicas del Poder Ejecutivo: habilitado en horario de lunes a viernes de 7:00 a 20:00 horas. Atención al público: de 07:30 – 12:30 horas y de 14:30 – 19:30 horas / Ingreso por terminación de DNI, exceptuándose aquellas personas con citación o turno previo. En cualquiera de los casos deberá presentarse el DNI para su escaneo/ Puertas: Libertador y Plaza Seca.
-Oficina Central de Contrataciones: la atención al Público será exclusivamente con turno web. Los turnos que no fueron atendidos en Fase I quedaron sin efecto y deberán solicitarse nuevamente en http://turnos.sanjuan.gov.ar/ Dirección General de Rentas: los trámites continuarán vía web en https://rentas.sanjuan.gov.ar/. Para aquellos exclusivamente presenciales, la atención al público será sólo con turno web http://turnos.sanjuan.gov.ar/. Se mantienen 0800 y números de WhatsApp para atención de consultas.
-Poder Legislativo: habilitado de acuerdo a protocolo propio de la repartición.
-Poder Judicial: habilitado de acuerdo a protocolo propio de la repartición.
-Municipios: habilitados de acuerdo a protocolo propio de la repartición.
Lo que no está habilitado
-Actividades deportivas
-Actividad social en clubes deportivos o campings.
-Museos, teatros y centros culturales.
-Industria audiovisual y fotografía.
-Actividad musical.
-Instituciones artísticas y recreativas.
-Artesanos y manualistas.
-Proyecciones cinematográficas en autocine.
-Reuniones familiares y sociales en domicilios particulares.
-Transporte aéreo.
-Salas de casino, bingo y similares.
-Alojamientos con destino de fines turísticos.
-Oficinas de información turística.
-Servicio de guías de turismo.
-Servicio de guías de montaña.
-Establecimientos vinculados a la Ruta del Vino.
-Educación provincial de gestión pública y privada.
-Universidades.
-Jardines maternales.
-Servicios fúnebres de personas fallecidas por COVID-19.
Fuente: Si San Juan