El Gabinete de la Nación habilitó las actividades en salas y complejos cinematográficos de Salta, en el marco del correspondiente protocolo de bioseguridad e higiene para minimizar el riesgo de contagio de coronavirus.
El artículo 1 del Boletín Oficial publicado este viernes 5 de marzo establece que se permiten estas actividades con un aforo limitado al 50 %, mientras que el artículo 2 sostiene que las actividades deben darse conforme al protocolo de la reapertura de salas y complejos cinematográficos establecidos por la autoridad sanitaria nacional.
Se deberá garantizar la organización de turnos y modos de trabajo que permitan las medidas de distanciamiento e higiene para disminuir el riesgo de contagio. Cada titular o responsable de los establecimientos deberá garantizar estas condiciones de seguridad e higiene establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadores y los asistentes.
Finalmente, el tercer artículo del Boletín sostiene que la Provincia debe reglamentar las medidas necesarias para estas actividades, estableciendo las fechas de su efectiva reanudación de forma gradual, suspenderlas o reanudarlas en el marco de sus competencias territoriales y conforme su propia situación epidemiológica. A su vez, los requisitos específicos para su desarrollo que se adapten a la situación y características del lugar también deben ser establecidos por la Provincia, con el objetivo de minimizar el riesgo de contagio de coronavirus.