Netflix será más caro desde enero en Santa Fe

Con la aprobación este jueves de la reforma tributaria se definió que las empresas que brinden entretenimiento por internet paguen Ingresos Brutos.

FILE - In this Friday, Jan. 17, 2014, file photo, a person displays Netflix on a tablet in North Andover, Mass. Netflix subscribers can now download shows and movies to watch later when theyu2019re not online, like during a flight or car. The download option
FILE - In this Friday, Jan. 17, 2014, file photo, a person displays Netflix on a tablet in North Andover, Mass. Netflix subscribers can now download shows and movies to watch later when theyu2019re not online, like during a flight or car. The download option

La sanción de las reforma tributaria que este jueves se votó en la Legislatura santafesina y que establece subas de entre 25 y 32 por ciento en el Impuesto Inmobiliario urbabo y rural, también determina la imposición de Ingresos Brutos a los servicios audiovisuales por Internet, incluyendo a Netflix.

Desde enero los clientes de la plataforma streaming pagarán una alícuota de 3 por ciento sobre el costo del abono, que hoy es de 149 pesos.

El nuevo esquema establece que el 25 por ciento de la recaudado por el cobro a las plataformas digitales conforme un fondo de estímulo para la producción de contenido audiovisual en la provincia.

Uno de los principales promotores de la inclusión de la flamante cláusula fue el diputado provincial socialista Rubén Galassi, que celebró en las redes sociales la aprobación de la prerrogativa.

La ley comprende además reformas como la alícuota del 15 por ciento del importe del valor de su compra para la comercialización de autos 0 km tanto efectuada por concesionarios o agentes oficiales.

También incluye alícuotas diferenciales para determinar Ingresos Brutos para operaciones de bancos y entidades financieras; régimen de promoción con beneficios fiscales para empresas radicadas o que en el futuro se radiquen en la provincia de Santa Fe y cuya actividad principal esté destinada a operar como call center, con una alícuota diferencial del 1,55%; alícuota del 1,5% para la actividad industrial desarrollada por fasonier a terceros -bajo la modalidad de fasón- y para quien encarga la elaboración de los mismos, siempre que ambos se encuentren radicados en la jurisdicción de la provincia.

Estipula la reducción de la alícuota al 3% (la vigente es 3,25%) para el expendio al público de combustibles e incremento de la alícuota al 0,5% para la comercialización mayorista de combustible, siendo la actual 0,25%.

También actualiza en un 25% los importes mínimos mensuales para los contribuyentes de Ingresos Brutos que liquiden el impuesto por el régimen general y especifica el hecho imponible y el monto imponible de los derechos reales de superficie, creados como objeto de impuesto en el período fiscal 2016.