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Vía Río Gallegos / puerto-de-santa-cruz

Le pagaba a su hermana para que no tuviese novio y lo procesaron por violencia de género

Ella vive en Puerto Santa Cruz, era sometida a palizas e insultos por parte de su hermano, 12 años mayor.

Le pagaba a su hermana para que no tuviese novio y lo procesaron por violencia de género
autor avatarFrancisco VeraSeguinos enGoogle
18 de junio de 2019, 14:31
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La jueza de Puerto Santa Cruz, Noelia Ursino procesó a un joven por ejercer violencia de género, sin embargo, lo llamativo del caso es que la víctima es su hermana adolescente. La escuela había hecho la denuncia el año pasado, y la jueza pudo probar que el maltrato tenía que ver con su condición de mujer.

Tiene 14 años, y no fue hasta una clase en la que se aplicaron contenidos de Educación Sexual Integral (ESI) en un taller escolar, que pudo decir lo que le pasaba en su casa. Ella y su familia viven en Puerto Santa Cruz, y desde hace tiempo era sometida a palizas e insultos por parte de su hermano, 12 años mayor que ella.

Las razones están estrictamente relacionadas a su condición de mujer. El la maltrataba si la veía interesada en algún chico, descubrir que había besado a alguien significaba una paliza, y en la diaria, la calificación de 'puta' por cualquier cosa que lo irritara.

Fueron las autoridades del colegio las que, en noviembre pasado, decidieron realizar la denuncia que terminó con el procesamiento del hermano de la nena, en una causa que instruyó la jueza Noelia Ursino, que aplicó la Ley 26.485, de Protección Integral de las Mujeres, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

En una de las instancias de la declaración que le tomaron al varón de 26 años, él reconoció que una de las últimas veces que le había pegado, fue cuando se enteró de que su hermana había besado a un chico.

Imagen de la nota

La jueza argumentó su resolución diciendo que la Ley de Protección de las Mujeres entiende por violencia de género (en este caso en modalidad intrafamiliar) a las relaciones desiguales de poder, que afectaron la vida de la menor, su libertad, dignidad, integridad física, psicológicamente, entre otras.

“Que así en este contexto resulta ineludible analizar la cuestión planteada, la que no se encuentra atrapada dentro de una relación de pareja, sino en un vínculo de hermanos, donde la agresión se ve motivada por una cuestión de género”, se lee.

Si bien dice que se trata de ‘lesiones leves’, Ursino aplicó contra el hermano violento los agravantes incorporados en la Ley 26.791 inciso 11 del artículo 80 del Código Penal, que tipifica el ataque a “una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.

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