Frente a las dificultades que tiene un padre por cubrir las necesidades de su hijo, un menor de edad en situación de discapacidad, la Justicia de Comodoro Rivadavia determinó que el abuelo deberá cubrir la cuota alimentaria del niño. La parte obligada no se negó y la resolución se mantuvo firme.
La determinación dictada en primera instancia fue de la Dra. Guillermina Sosa, titular del Juzgado de Familia N° 1 de Comodoro. La misma luego de que la madre del nene iniciara un juicio contra el padre y el abuelo de su hijo.
La magistrada resolvió que el abuelo paterno del menor estará a cargo de cumplir con la cuota alimentaria de su nieto debido a que la expareja de la demandante no puede cubrir con los pagos que le corresponderían.
La parte obligada deberá abonar el 20% del total de los ingresos por su trabajo, remunerativos y no remunerativos. No obstante, también se estableció que no podrá pagar menos de $25.000.
El abuelo del niño no se opuso y la resolución quedó firme. Según la jueza Sosa, esta se dio bajo una perspectiva de vulnerabilidad y género, a fin de resguardar el interés superior del nene con discapacidad.
Según informó ADNSUR, la magistrada explicó: “Desde una perspectiva de género, se debe ponderar la solidaridad familiar en términos integrales, debiendo recaer en todos los familiares de modo equitativo. Máxime, atendiendo que se trata de un niño con discapacidad que demanda una atención especial con asistencia a múltiples terapias”.