Desde las 0 de este lunes comenzó a regir una nueva etapa de la cuarentena en la Argentina. Y marca un cambio para las localidades incluidas en el departamento Las Colonias y Castellanos, dado que todas retrocedieron: pasaron del Distanciamiento Social al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Tendrá vigencia hasta el 25 de octubre próximo.
Hasta ahora, estar en el DISPO implicaba que estas jurisdicciones estaban en condiciones tales que le permitiera al sistema de salud contar "con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria", y que no están definidas "por la autoridad sanitaria nacional como aquellas que poseen 'transmisión comunitaria' sostenida del virus SARS-CoV-2.2" y en las que la evolución de la cantidad de casos en las últimas dos semanas haya manifestado un descenso. Lamentablemente, se cumplen estos requisitos.
Hasta ahora, había 5 departamentos con restricciones General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Rosario, y las localidaes de Santa Fe y Santo Tomé. Ahora se les suman los departamentos La Capital (en su totalidad), Las Colonias y Castellanos.
Mayores restricciones
Del mismo modo, en el caso de los departamentos y partidos de hasta 500 mil habitantes las autoridades provinciales "podrán disponer nuevas excepciones al cumplimiento del 'aislamiento social, preventivo y obligatorio' y a la prohibición de circular con el fin de autorizar actividades industriales, de servicios, comerciales, sociales, deportivas o recreativas".
El Gobierno Nacional dio a conocer las localidades que deberán cumplir con el aislamiento por coronavirus by Via País on Scribd
Finalmente, en ambos regímenes siguen prohibidos los eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas; los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente; deportes donde participen más de diez personas o que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los y las participantes; los cines, teatros, clubes y centros culturales; el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados; y el turismo. Será también el Jefe de Gabinete quién autorice las excepciones de acuerdo a la situación epidemiológica respectiva.