Mediante la constante favorable de la situación epidemiológica de la ciudad de Posadas, con la disminución de nuevos casos de Covid-19 y el avance significativo de la aplicación de las dosis contra el virus. Desde la Municipalidad se decidió permitir el aforo del 100% en los comercios del municipio.
Sin embargo, los comercios posadeños deberán cumplimentar, sin excepción, las exigencias establecidas en materia de bioseguridad e higiene respectivamente: el distanciamiento entre personas, sanitizacion de manos, uso del tapabocas/barbijo, entre otras requeridas específicamente por cada uno de los protocolos aprobados.
Por medio del Decreto 1551/21, se establece nuevas medidas de apertura con la capacidad total que posean las distintas actividades y rubros comerciales y de servicios. Se trata de los locales comerciales de la siguiente índole:
- Autoservicios, Mix, Minimercados, Supermercados, Hipermercados y establecimientos comerciales mayoristas.
- Kioscos, Maxikioscos y Despensas.
- Tiendas de Ropas, Bazar, Decoración, Regalarías y Afines. Florerías y Viveros.
- Venta de Muebles y Electrodomésticos.
- Venta de Colchones.
- Jugueterías.
- Venta de Motos y accesorios.
- Venta de vehículos, náutica y venta de camiones.
- Venta de productos para piscinas y/o similares que contribuyan al combate contra el Dengue.
- Venta de productos y accesorios de peluquería.
- Mercerías.
- Librerías Casa de venta de artículos deportivos Electrónicas, computación, celulares.
- Joyerías, bijouterie, marroquinería.
- Lencería.
- Zapaterías.
- Serigrafías, gráficas, impresiones y fotocopiadoras.
- Bicicleterías.
- Textiles.
- Instrumentos Musicales.
- Heladerías.
- Vinotecas.
- Casas de Cambio.
- Panaderías.
- Posadas Plaza Shopping, Paseo Libertad y Comercial Lavalle.