En una sesión maratónica, Diputados aprobó la reforma de la Ley de Alquileres

La norma fue sancionada por 128 votos positivos contra 114 negativos. Además, con el apoyo de Javier Milei, el oficialismo le dio media sanción al programa Compre sin IVA, uno de los proyectos que impulsó el ministro de Economía y candidato presidencial, Sergio Massa.

Hay cuórum y se trata la ley de alquileres en la Cámara de Diputados.
Hay cuórum y se trata la ley de alquileres en la Cámara de Diputados.

En una maratónica sesión que comenzó pasadas las 12.30 del martes, la Cámara de Diputados aprobó la nueva Ley de alquileres que reglamentará un mercado inmobiliario que está en crisis en todo el país. La norma fue sancionada al conseguir 128 votos positivos y 114 negativos en una votación que se hizo pasadas las 5 de esta madrugada.

La iniciativa tuvo los votos del Frente de Todos, el Movimiento Popular Neuquino, dos de Identidad Bonaerense, dos socialistas, una de Córdoba Federal, uno de Juntos por Río Negro, dos del Frente de la Concordia y cuatro de la izquierda. La iniciativa fue rechazada por Juntos por el Cambio, los tres libertarios que responden a Javier Milei, uno de Juntos por Río Negro, una de Identidad Bonaerense y uno de Córdoba Federal.

Horas antes, los diputados aprobaron por mayoría el programa Compre Sin IVA, que reglamenta en el marco de una ley la devolución del impuesto en la compra de alimentos de la canasta básica. Se trata de una de las medidas que dispuso el ministro de Economía y candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa.

Javier Milei en la sesión de Diputados
Javier Milei en la sesión de Diputados

Ley de Alquileres: los cambios aprobados por Diputados

La iniciativa fue aprobada después de las 5 de la madrugada en el marco de una sesión maratónica que se inició hoy a las 12.30 en la cual se convirtió en la ley de violencia digital y se aprobaron los proyectos de devolución del IVA, Argentina Inclusiva y de promoción del Gas Natural Licuado.

  • Con la sanción de este proyecto los contratos se mantienen en tres años los cuales deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.
  • También, el Senado modificó el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y estableció que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el Indec y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el BCRA”.
  • El texto aprobado por el Senado, además, incorporó un último párrafo sobre el artículo 9, en el que determinó que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.
  • También fija que cualquier “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional debe realizarse en moneda nacional” y elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.
  • En cuanto a los beneficios impositivos los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.
  • Además las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

En cambio, el texto con media sanción de Diputados establecía que los contratos de alquiler debían tener un plazo mínimo de dos años, contra los tres años que rigen en la actualidad, y que los ajustes podían hacerse cada cuatro meses con la libertad de ambas partes para elegir el mecanismo a emplear para calcular el porcentaje entre varias fórmulas o índices.

Siempre de acuerdo con el texto que había sido aprobado por la Cámara de Diputados, el menú de posibilidades a elegir estaba conformado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y el Índice de Salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). También se contemplaba como opción que las partes pudieran acordar adoptar una combinación de estos índices.