Alerta en el fútbol de Mendoza: la Liga Mendocina perdería la afiliación en AFA

El mal funcionamiento de la institución rectora del fútbol local, provocó que la Dirección de Personas Jurídicas impugnara la última asamblea extraordinaria. Si no regulariza la situación en los próximos días, dejaría de ser parte de AFA.

Carlos Suraci, presidente de la Liga Mendocina de Fútbol.
Carlos Suraci, presidente de la Liga Mendocina de Fútbol.

La Dirección de Personas Jurídicas impugnó la asamblea extraordinaria (2) llevadas a cabo por la Liga Mendocina de Fútbol, debido a irregularidades administrativas, proceso que la Justicia no tiene resuelto, situación que originó diversos problemas, y el más grave, la posible pérdida de afiliación en AFA.

Liga Mendocina de Fútbol.
Liga Mendocina de Fútbol. Foto: Claudio Gutierrez

Lo cierto es que la Liga Mendocina de Fútbol tiene prohibida la conformación de asambleas, y por ende la aprobación de balance y elección de autoridades, debido a las situaciones procesales que arrastran Carlos Suraci (presidente) y Alfredo Arias (tesorero).

Y, mientras las autoridades de la Liga resuelven en horas, el tema de presentación legal y reglamentaria ante AFA, ya se confirmó que quedaron revocadas las licencias deportivas para participación en el Torneo Regional Federal Amateur oportunamente concedidas a equipos mendocinos.

Documentación
Documentación Foto: ViaMendoza

Reglamento: artículo 12º obligaciones de Ligas y Clubes

Hacer click aquí para ver todo el reglamento

I - Dar cumplimiento expreso a las disposiciones de la autoridad estatal de contralor administrativa que autoriza su funcionamiento, estatuto de la A.F.A., a las resoluciones que se dicten por ella, a las del presente Reglamento; al igual que observar sus propios Estatutos y los reglamentos que hayan adoptado.

V - Remitir, las Ligas, anualmente, y en un plazo no mayor de noventa días de celebrada su Asamblea Anual Ordinaria, una copia de su Memoria y Balance correspondientes al ejercicio inmediato anterior. Si se hubiesen elegido autoridades deberán remitir en igual plazo la nómina de sus autoridades.

Deberán remitir, también, al primer día de marzo de cada año, nómina de sus clubes, especificando, si tuvieren distintas divisionales, las entidades que militan en ellas.