Día del Amigo: no habrá nuevas flexibilizaciones

Desde el Ministerio de Turismo y Cultura de Mendoza aseguraron que las restricciones seguirán siendo las mismas. Qué se puede hacer y qué no.

Día el Amigo, Mendoza
Día el Amigo, Mendoza

Desde el Ministerio de Turismo y Cultura aseguraron que las restricciones seguirán siendo las mismas que las dispuestas a la fecha, para el festejo del Día del Amigo, el próximo lunes.

El Gobierno provincial le dio continuidad, este lunes, al decreto que vencía el 12 de julio. De esta forma, Mendoza mantiene por una semana más las actividades con sus respectivas restricciones, horarios habilitados, protocolos sanitarios y multas. La nueva prórroga vence, justamente, el 20 de julio.

Desde el ministerio de Turismo y Cultura, confirmaron que "las restricciones seguirán siendo las mismas que las dispuestas". No se habilitarán las juntadas entre amigos fuera de un bar o restaurante y con un máximo de 6 personas. El horario tope será hasta las 23 y queda prohibido festejar en una casa de familia o una cabaña alquilada.

Operativos de Seguridad

Controles en Luján de Cuyo.
Controles en Luján de Cuyo.

Desde Luján de Cuyo confirmaron que el operativo será similar al implementado durante el último fin de semana y que incluirá más de 150 efectivos y controles fijos y móviles. Para viajar hacia Potrerillos o Cacheuta tendrá que mostrar su reserva, sino no subirá.

Desde el Ministerio de Seguridad, expresaron: "En los próximos días se tomarán las medidas pertinentes. Las reuniones sólo están autorizadas en bares y restaurantes y hasta las 23, por lo que es muy seguro que se refuercen los controles en esos puntos y en sus proximidades".

Compras y paseos

Las personas cuyo DNI termine en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados solo los lunes, miércoles, viernes de 8 a 19. Los domingos se autoriza en horario de 8 a 13.

En tanto, las personas cuyos documentos finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán asistir a los comercios habilitados solo los martes, jueves, sábados de 8 a 19. Los domingos se autoriza en horario de 13 a 19.

Las tiendas abren de 10 a 19, mientras que bares, confiterías y restaurantes ubicados en el interior o con salida a la vía pública pueden hacerlo hasta las 23.

Bares y restaurantes: atednerán de 7 a 23, con reserva previa -la realiza la persona que corresponda según DNI-, capacidad reducida al 50% y máximo de seis personas por mesa. Firma de la declaración jurada.

Reuniones familiares: los encuentros serán hasta un máximo de 10 personas con "parentesco en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción o la afinidad, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral".

Las reuniones podrán realizarse solo los días domingos, de 11 a 19. Para estas actividades no se aplica la limitación de finalización del DNI “ni será aplicable a su respecto el concepto de cercanía”. Es decir, una familia puede ir de Guaymallén a San Martín, por ejemplo.

Circulación:  la restricción de la circulación de personas en toda la provincia es desde las 23.30 de cada día y las 5.30 del día siguiente. Solo están exceptuadas aquellas personas que deban circular en alguna situación de emergencia médica debidamente justificada, y las personas vinculadas a la prestación de servicio de salud. También aquellos ciudadanos que están afectados a los servicios de entrega a domicilio y deliveries.

Turismo interno:  las personas deberán contar con una reserva previa del alojamiento donde se pernoctará o del restaurante o bar donde se detendrán a consumir, junto con la constancia de dicha reserva, en caso de que sea requerida por la autoridad policial.

* El consumidor debe conservar toda evidencia relacionada con la seña o cancelación de este alojamiento temporario y de las características y servicios publicados o publicitados por el propietario, en caso de que luego surjan inconvenientes respecto del precio del alquiler, adelantos de dinero u otras circunstancias.

Horarios:  Comercio en general: 9 a 19; supermercados mayoristas y minoristas: 8 a 19; farmacias podrán atender en su horario habitual y con los turnos habilitados por la autoridad de aplicación. Expendio de combustible sin límites de horario. Reparto a domicilio (delivery): de domingos a jueves de 7 a 23; viernes y sábados, de 7 a 24. Actividad física y gimnasios: 7 a 23. Administración pública: 9 a 18. Asistencia a cementerios: 10 a 16. No implica apertura de salas de velatorios o realización de velatorios.

Sanciones: por incumplimiento, debidamente constatado por la autoridad competente, será penado con una multa de $5.000.