Por una Navidad en paz: sin estruendos, sólo luces en el cielo jujeño

Los que vendan y quienes usen pirotecnia sonora afrontarán las sanciones que impone la ley 6.187.

Espectáculo de luces y fuegos artificiales.
Espectáculo de luces y fuegos artificiales. Foto: EFE/ MIGUEL GUTIÉRREZ

Además de transcurrir en contexto de pandemia, con todo lo que ello implica en cuanto a lo anímico y lo sanitario, esta próxima Navidad se celebrará en Jujuy con una “nueva normalidad”: no debería escucharse estruendos en la Nochebuena, sólo deberá verse en el cielo las coreografías luminosas de los fuegos artificiales.

Cabe recordar que a partir de un proyecto impulsado por los diputados Victoria Luna Murillo (Frente Cambia Jujuy) y Rubén Rivarola (Partido Justicialista) el pasado 3 de diciembre la Legislatura de Jujuy sancionó por unanimidad una ley que prohíbe el uso de la pirotecnia sonora en toda la provincia, a partir de la regulación de la compra, venta y tenencia.

Entonces en virtud de que ya rige esa prohibición, el Ministerio de Seguridad -que ya tiene nuevo titular, el comisario general Guillermo Corro- recomendó a la comunidad jujeña tener en cuenta las sanciones previstas frente al incumplimiento de la normativa y los canales para denunciar los ilícitos en la materia.

La medida prohíbe la fabricación y venta al público de manera mayorista y minorista, además de su exhibición, tenencia o manipulación de todo elemento de pirotecnia sonora sea esta de venta libre o no.

Semanas atrás la Policía de Jujuy decomisó 84 cajas de pirotecnia clase A-11 y B-3 y el infractor debió pagar una multa de 25.275 pesos.
Semanas atrás la Policía de Jujuy decomisó 84 cajas de pirotecnia clase A-11 y B-3 y el infractor debió pagar una multa de 25.275 pesos. Foto: (Archivo Vía Jujuy)

Se trata de la ley N° 6.187, que fue respaldada por integrantes de asociaciones de padres de niños y niñas con autismo, colectivos en defensa de animales domésticos, además de los excombatientes de la Guerra Malvinas, quienes militaron la causa en los últimos años e incluso presenciaron el debate en la Legislatura.

Así las cosas, a pocas horas de la celebración de las tradiciones navideñas, exhortando a evitar la afectación a personas con discapacidad, autismo, ancianos, bebés, mascotas, animales silvestres, medio ambiente, como también lesiones y quemaduras tanto en adultos como niños, el Ministerio de Seguridad difundió un mensaje dirigido a la población solicitando la colaboración no solo para su concientización sino para denunciar a aquellos que no cumplan con la normativa.

La ley sancionada aplicará multas desde $30.000 según dependa el caso a quienes incumplan con la norma, se procederá al decomiso de los elementos de estruendos y se clausurará los puntos de venta ilegal.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Seguridad de la provincia y los montos recaudados de las multas serán destinados a los colectivos jujeños que luchan por sus derechos.

Cabe señalar que la legislación exceptúa de la prohibición el uso de los fuegos artificiales de carácter únicamente lumínicos, como también los artificios pirotécnicos destinados a señales de auxilio, emergencias, uso de las Fuerzas Armadas, Seguridad y Defensa Civil.

En el articulado de la ley 6.187 quedó establecido que a quien contravenga sus disposiciones se aplicará “multa de 10 a 200 U.M, según la gravedad del caso y la consideración de la Autoridad de Aplicación al momento de la sanción” y se procederá al “decomiso de los artículos de pirotecnia y/o cohetería que estén en poder del infractor y sean elementos probatorios de la infracción, conjuntamente con la sanción del inciso a”.

También se prevé la clausura del establecimiento por un lapso de entre 30 días y 180 días, según el caso, “y en última instancia pudiendo establecerse la clausura definitiva en caso de reincidencia en la infracción, conjuntamente con la aplicación de las sanciones contenidas en los incisos a) y b)”.

Para efectuar denuncias de infracción a la prohibición se podrá llamar por teléfono al 911 o bien enviando un correo electrónico a DepartamentoContravencional@outlook.com.ar, defensoria.contravencional@jujuy.gob.ar, ó juzgadocontravencional.3@gmail.com.