Diez años de prisión deberá purgar en una cárcel de Jujuy un homicida que en las últimas horas fue condenado por asesinar a puñaladas a otro durante un robo cometido una noche del mes de febrero del 2022 en Calilegua, ciudad del interior jujeño situada a unos 130 kilómetros de la capital provincial.
El sujeto condenado fue identificado como Alexis Mijael López, quien en un juicio abreviado fue declarado autor del “homicidio en ocasión de robo” de Juan Alberto Huallpa, informaron fuentes judiciales.
El fallo fue dictado por el Tribunal en lo Criminal 1, que dispuso el inmediato traslado del ahora condenado a la Unidad Penal 7 del Servicio Penitenciario provincial.
SU AUTO VARADO FUE UNA TRAMPA MORTAL
La investigación que llevó adelante la fiscalía permitió establecer que el hecho fue cometido por López junto a un menor de edad, en una calle sin denominación del barrio 1º de Agosto de la ciudad de Calilegua.
Eran aproximadamente las dos de la madrugada y Huallpa se encontraba en ese lugar en el interior de un vehículo que había quedado varado por un desperfecto mecánico. Aprovechando la circunstancia, López y el menor lo increparon para robarle sus pertenencias.
Ante la resistencia de la víctima, López lo apuñaló violentamente con un cuchillo en la zona del tórax, abdomen y espalda, provocándole heridas de suma gravedad.
Cometido el ataque, los agresores robaron las pertenencias de Huallpa y escaparon, mientras que la víctima moría desangrada en el lugar.
El Tribunal integrado por la jueza Felicia Barrios, que ejerció como presidente de trámite, y el juez Luciano Yapura, declaró admisible el acuerdo al que llegaron el fiscal, el acusado y su abogado defensor, y en consecuencia hizo lugar a la condena solicitada de diez años de prisión de ejecución efectiva.
En el mismo veredicto, los magistrados declararon la “irresponsabilidad penal” del menor de edad que fue enjuiciado por su supuesta participación en el hecho delictivo, y ordenaron su inmediata libertad.
El representante del Ministerio Público de la Acusación (MPA) durante el proceso fue Marcelo Cuellar; la defensa técnica de López estuvo a cargo del abogado Martín Patiño, en tanto que la del menor fue ejercida por David Ángel Troncoso.
Las fuentes tribunalicias apuntaron que este juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento previsto en el artículo 411 del Código Procesal Penal de la Provincia.
“El mismo puede ser aplicado a solicitud del Ministerio Público Fiscal si este considera que corresponde aplicarle al acusado una pena privativa de la libertad. Además, para que esta solicitud sea admisible, es necesaria la conformidad del imputado, quien asistido por su defensor o defensora admite la existencia del hecho y su participación en el mismo”, explicaron los voceros del Poder Judicial de Jujuy.