El sistema público de salud en Jujuy “no es gratis, lo pagamos entre todos”

El diputado provincial Omar Gutiérrez defendió la decisión de empezar a cobrar los servicios de salud a extranjeros no residentes.

El sistema público de salud en Jujuy “no es gratis, lo pagamos entre todos”
"El sistema de salud pública no es que sea gratis, lo pagamos entre todos los jujeños", insistió el diputado provincial Omar Gutiérrez al defender la necesidad de cobrar los servicios a los extranjeros no residentes.

Esta semana Jujuy se convirtió en la cuarta provincia de la Argentina en adoptar la decisión de cobrar los servicios que se preste en el sistema público de salud a extranjeros no residentes. La novedad tuvo marcada repercusión en todo el país e incluso en el exterior, a partir de que la Legislatura jujeña aprobara la ley 6.415 de reglamentación del Sistema Provincial de Seguros de Salud para Extranjeros.

Este instrumento en la práctica establece el cobro de aranceles en los centros de salud y hospitales públicos provinciales a los extranjeros residentes transitorios y precarios, mediante un seguro de salud en el ámbito local o abonando los servicios, según los valores establecidos por el Instituto de Seguros de Jujuy, la obra social del Estado jujeño.

“SE INTENTÓ” LA RECIPROCIDAD, “PERO NO FUNCIONÓ”

“En su momento se propuso un convenio entre Jujuy y otros Estados nacionales para que se establezca un sistema de reciprocidad, de tal forma que los jujeños que cruzaran la frontera y estén en otros países, tengan el mismo trato” que los extranjeros reciben en el sistema de salud de esta provincia.

La voz es la del diputado provincial Omar Gutiérrez, conocedor cabal del tema en función de su propia experiencia como médico y exfuncionario del Ministerio de Salud de Jujuy.

“Se intentó -agrega-, pero no se pudo llevar delante de forma adecuada” la anhelada reciprocidad, a la luz de numerosas situaciones de pacientes jujeños y de otras provincias argentinas que tuvieron serios problemas para ser atendidos, por ejemplo, en territorio boliviano, incluso con casos que resultaron fatales.

La nueva ley 6.415 “viene a darle operatividad a una ley aprobada” años atrás y que se funda en “simplemente considerar que el sistema de salud al que nosotros accedemos no es que sea gratis, sino que lo pagamos entre todos, los jujeños, los argentinos, a través de un sistema solidario y distributivo, pero que tiene un costo”, explicó el diputado Gutiérrez.

VIENEN A JUJUY POR “TRATAMIENTOS DE ALTOS COSTOS”

También se refirió a la cuestión el gobernador Carlos Sadir, al decir que “por su condición de provincia fronteriza, Jujuy tiene un alto indicador de personas (extranjeras) atendidas en su sistema sanitario”, e incluso afirmó que se detectó “muchos casos de personas de otros países” que vienen a territorio jujeño “para someterse a tratamientos de altos costos programados y que no son de emergencia”.

La nueva ley provincial considera que en el caso de emergencia médica que implique riesgo de vida para el paciente, la atención deberá ser garantizada sin quedar supeditada al pago de arancel.

El gobernador de Jujuy, Carlos Sadir, fue enfático al aclarar que la nueva ley "no se aplicará en casos de emergencia o urgencia".
El gobernador de Jujuy, Carlos Sadir, fue enfático al aclarar que la nueva ley "no se aplicará en casos de emergencia o urgencia".

Jujuy firmó en 2019 con Bolivia un convenio para establecer un sistema de reciprocidad en salud, de tal forma que los jujeños que cruzasen la frontera tuvieran el mismo trato, pero legisladores del oficialismo recordaron que no se avanzó porque Jujuy “siempre” respondió a los términos del convenio de reciprocidad, pero Bolivia “jamás cumplió”.

“Tuvimos situaciones en las que los jujeños no recibieron la atención médica que esperábamos en condiciones muy críticas”, afirmó Sadir respecto del trato dispensado en Bolivia.

“En 2019 se había creado el Sistema de Seguro de Salud para Personas Extranjeras; sin embargo quedó en suspenso por el acuerdo de asistencia sanitaria recíproca rubricado entre Argentina y Bolivia, pero al dejar de cumplirse la colaboración bilateral por parte del Gobierno boliviano se decidió tratar institucional y políticamente este problema en el seno de la Legislatura”, explicó el Gobernador.

Salta -provincia lindante a Jujuy y limítrofe con Bolivia, Paraguay y Chile- fue la pionera en la Argentina en cobrar la atención sanitaria a los extranjeros a partir de marzo pasado, ya que recibía de manera constante la llegada de extranjeros para atenderse de forma gratuita y era destino de “tours sanitarios”.

En la Patagonia, la provincia de Santa Cruz comenzó en abril pasado a cobrar la atención médica a turistas extranjeros que concurriesen a hospitales públicos; tampoco se aplica en caso de emergencias.

La provincia de Mendoza, también limítrofe con Chile, comenzó en agosto pasado a hacer lo mismo como parte de un plan para hacer más eficiente el servicio público provincial.

¿QUÉ DICE LA LEY 6.415 DE LA PROVINCIA DE JUJUY?

La ley 6.415 de reglamentación del Sistema Provincial de Seguros de Salud para Extranjeros sancionada por la Legislatura de Jujuy esta semana en su duodécima sesión ordinaria del año, tiene origen en la ley provincial 6.116 sancionada a su vez en el año 2019 y cuyo objeto es establecer el régimen jurídico aplicable para garantizar la prestación del servicio público provincial de salud a personas extranjeras que permanezcan en forma transitoria en el territorio de la provincia.

Ahora, reglamentando aquella norma, esta nueva ley establece el cobro de aranceles en los centros de salud y hospitales públicos provinciales a los extranjeros residentes transitorios y precarios, quienes deberán solventar las erogaciones de la atención que demande a través de un seguro de salud en el ámbito local o, ante la falta de éste, por si mismos.

A esos efectos se considerará los valores vigentes establecidos en el nomenclador arancelario del Instituto de Seguros de Jujuy. Asimismo, la norma estipula que de presentarse una emergencia médica que implique riesgo de vida para el paciente, en esa circunstancia la atención médica deberá ser garantizada sin quedar supeditada al pago de arancel.