Desalojo exprés: qué cambiará en los alquileres luego de que el Senado diera media sanción al proyecto
El proyecto impulsado por el Gobierno Nacional está siendo muy comentado entre la oposición y el oficialismo. Aunque todavía debe ser aprobado por la Cámara de Diputados, ya recibió media sanción en el Senado.
El proyecto impulsado por el Gobierno Nacional está siendo muy comentado entre la oposición y el oficialismo. Aunque todavía debe ser aprobado por la Cámara de Diputados, ya recibió media sanción en el Senado.(Gentileza: Web.)
Anoche, luego de largas horas de debate, el Senado de la Nación le dio media sanción a la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, un proyecto impulsado por el Gobierno que generó polémica y discusiones entre el oficialismo y la oposición.
Aunque todavía debe ser aprobada por la Cámara de Diputados, la medida tiene como objetivo incorporar un sistema de “desalojo exprés” que proteja a los dueños inmobiliarios de los inquilinos que incumplan con el pago de alquiler.
El proyecto recibió media sanción en el Senado.(Gentileza: Web.)
¿De qué trata la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada?
Impulsada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, la ley busca que los desalojos se lleven a cabo a través de un juicio sumarísimo. Es decir, con un procedimiento más rápido que resuelva la situación en cuestión de días.
Para que los tiempos judiciales no se extiendan durante meses o años, el Gobierno propone que los propietarios puedan intimar a los inquilinos apenas transcurridos los diez días desde el incumplimiento del pago. Vencido ese plazo, podrán iniciar un proceso de “desalojo exprés”.
En la misma línea, el proyecto propone que las notificaciones judiciales se realicen en el domicilio o por correo electrónico. Paralelamente, los dueños no podrán rechazar la devolución del inmueble, pero sí conservarán el derecho de reclamar judicialmente las deudas pendientes.
Si bien no modifica los procesos vinculados con las usurpaciones, la medida también apunta a los casos de intrusión o tenencia precaria. Si el propietario presenta documentos y presta caución juratoria, el juez podrá ordenar la restitución de la vivienda.
Simultáneamente, el dueño no podrá pedir la desocupación anticipada ocultando pagos o falsificando el contrato, ya que el juez impondrá una multa a favor del inquilino que será hasta diez veces mayor al valor del último alquiler.
A la vez, el proyecto dicta que, en caso de que en el inmueble residan menores de edad, adultos mayores desamparados o personas con discapacidad, intervendrán organismos de proyección y del Ministerio Público Tutelar con el objetivo de otorgar un plazo de hasta diez días para buscar una alternativa habitacional antes de llevar a cabo el desalojo.
La Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada busca incorporar un sistema de "desalojó exprés".(Gentileza: Web.)
Las agrupaciones de inquilinos se oponen a la ley
Gervasio Muñoz, referente de Inquilinos Agrupados, dialogó recientemente con Minuto Uno y se mostró en contra de la ley: “Un dueño puede ir a la Justicia y declarar que no hay contrato o que no se pagó, y el juez en 72 horas debería desalojar. Tienen la obligación de ejecutar el desalojo en 72 horas, sin importar si es feriado o fin de semana”, explicó.
Paralelamente, comentó que se trata de “una situación en donde la informalidad en la Argentina es muy grande”, ya que no existe “una factura por el pago del alquiler en general”: “El Código Civil obliga a que toda la relación de alquiler sea por escrito, pero fuera de Buenos Aires es muy raro en la mayoría de los casos”, aclaró.
Para concluir, detalló: “Uno puede haber pagado, pero si no tiene un comprobante, el dueño puede decir ‘no me pagó’ y listo: a la calle. El proyecto no es para los que están en mora ni para los que se atrasan; lo que establece es un plazo de diez días ante cualquier incumplimiento".