Veda electoral: ¿Hasta qué hora se puede vender y comprar alcohol?

La restricción rige para todos los comercios, desde supermercados hasta restaurantes o bares.

Veda electoral - Prohibiciones
Veda electoral - Prohibiciones

En el marco de las próximas elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se desarrollarán el próximo domingo 12 de septiembre, se recuerda la prohibición de expender bebidas alcohólicas desde el sábado 11 a las 20 horas (contando 12 horas antes de la apertura de urnas) hasta tres horas posteriores a la finalización de los comicios, es decir, hasta las 21:00 del domingo 12 de septiembre, conforme al Artículo 71 y 136 del Código Nacional Electoral.

También queda prohibido que:

- Los electores se reúnan en grupos a menos de 80 metros de las mesas de votación.

- Repartir boletas en un radio de 80 metros de los lugares de votación.

- El uso de banderas o cualquier símbolo partidario.

- Los actos de proselitismo.

- La difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre los resultados.

- La apertura de locales partidarios si están ubicados a menos de 80 metros de los lugares de votación.

Cabe destacar que la restricción de venta de bebidas alcohólicas rige para todos los comercios: supermercados, bares, restaurantes y boliches, medida que se mantendrá vigente hasta tres horas de finalizado el comicio, es decir, hasta las 21 del domingo.

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta. El artículo 136 del Código Electoral Nacional establece que “se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario”.